Ley de Infancias Trans no está relacionada a tratamientos hormonales o quirúrgicos
Los diputados de Morena señalaron que se trata de un tratamiento administrativo para menores a partir de los 11 años

CIUDAD DE MÉXICO.
Estamos listos para presentar el día de mañana el dictamen que fue avalado hace casi un año que logra el reconocimiento de identidad de género a personas menores de 18 años con identidad de género distinta a las que les fue asignada al nacer”, dijo el diputado Temístocles Villanueva en conferencia de prensa, acompañado por los legisladores locales Eduardo Santillán y Paula Soto.
El día de ayer las comisiones unidad de igualdad de género y de administración y procuración de justicia del Congreso de la Ciudad de México, hemos remitido a la mesa directiva del congreso de la Ciudad de México el dictamen de modificaciones al código Civil y al Código de procedimientos Civiles en materia de Identidad de Género de personas menores de edad que esperamos pueda estar inscrito para su análisis, discusión y en su caso aprobación”, dijo Eduardo Santillán.
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Agregó que ha sido resultado de un amplio análisis y discusión, sobre el tema. Subrayó que la reforma que permitirá el cambio de identidad no está condicionado ni relacionado con tratamientos hormonales o quirúrgicos.
Bajo ninguna circunstancia están relacionados, ni previo, ni posterior a la realización de este trámite administrativo”, dijo Santillán.
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Esta reforma busca que los menores de edad puedan realizar cambios de nombre y género en su acta de nacimiento a través de un trámite administrativo y no eliminará la opción de la vía jurisdiccional existente. El resumen de la propuesta es el siguiente:
- Se tratará de un trámite administrativo que conlleva una entrevista en la que se obtenga el consentimiento informado de la niña, niño o adolescente.
- A partir de los 11 años sólo se requiere de una de las personas que ejercen patria potestad o tutela.
- Antes de los 11 años se requiere del acompañamiento de los dos progenitores o quien tenga la patria potestad.
- Se conserva el proceso judicial con la intención de no dar motivos de solicitud de inconstitucionalidad y también para el supuesto de tener menos de 11 años y no contar con ninguno o sólo uno de los progenitores.
- El reconocimiento a la identidad de género no tendrá como condición previa la aplicación de tratamientos hormonales o quirúrgicos, en ninguna persona, especialmente en personas menores de edad y tampoco implicará la imposición de dichos tratamientos a quien recibe este reconocimiento.
Será votada primero en lo general y después se desahogarán las reservas en lo particular.
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