Aprueban “Ley Crucito” para castigar homicidio de hijastros
El pequeño Cruz murió en la alcaldía Iztacalco en octubre del año pasado a consecuencia de los maltratos de la pareja de su madre

En la Ciudad de México, el homicidio cometido contra un hijastro, hijastra, hermanastro o hermanastra se castigará con hasta 30 años de cárcel, además de la pérdida de los derechos que el agresor tenga respecto de la víctima.
Así se establece en la llamada “Ley Crucito”, aprobada este viernes por el Pleno del Congreso capitalino, por la que se reforma el artículo 125 del Código Penal, que reconoce el homicidio cometido en la relación entre padrastros y sus hijastros, que será castigado de 10 a 30 años de prisión, además de la pérdida de los derechos que el agresor tenga con respecto a la víctima.
Que me escuchen bien esos violentadores, esos maltratadores, esos desalmados, desgraciados que se atreven a lastimar a un menor porque no hay otra forma de llamarlos, el que lo haga enfrentará el peso completo de la ley hasta 30 años de cárcel”, expresó la diputada Elizabeth Mateos Hernández de Morena, promovente de la reforma.
Al presentar su argumentación, Mateos recordó que originalmente se podía sancionar este delito hasta por 8 años de prisión y se consideraba un homicidio simple, al no encontrarse en el Código Penal el parentesco de hermanastros o de hijastros.
Casos como el de Crucito no deben pasar otra vez
Con la inclusión de esta agravante se puede sancionar hasta con 30 años y la pérdida de derechos sobre la víctima, pero también si se implementara violencia, se puede castigar hasta con 50 años de cárcel.
Mateos aseguró que esta reforma hará justicia a menores de edad, como el de Crucito, de seis años, asesinado a golpes en octubre del año pasado por Oscar "N", quien fuera la pareja sentimental de su madre.
A través de diversas fotografías y videos, vecinos evidenciaron y denunciaron las condiciones inhumanas y brutales en las cuales su madre y su padrastro mantenían al menor. Sin embargo, las autoridades no protegieron al menor.
¿De qué hablamos cuando hablamos de la Ley Crucito?, de una reforma al artículo 125 del Código Penal que reconoce expresamente el homicidio cometido contra un hermanastro, hermanastra, hijastro o hijastra y que lo castiga con hasta 30 años de cárcel, además de la pérdida de los derechos que el agresor tenga respecto de la víctima”, explicó.
La legisladora expresó que esta reforma legal contribuye a fortalecer la protección integral de la niñez, reconocer la diversidad de las familias y cerrar cualquier resquicio por el que la violencia pueda esconderse tras un vínculo familiar.
“El interés superior de la niñez no es un eslogan: es un mandato constitucional y moral que nos obliga a decidir siempre en favor de su vida, su dignidad y su felicidad. Por eso hoy, además de honrar la memoria de Crucito, reforzamos el andamiaje jurídico para que ninguna niña, niño o adolescente quede fuera de la protección del Estado”, aseguró.
Madre y padrastro acusados de homicidio
Crucito “fue arrebatado de este mundo por la violencia de quien debía protegerlo: la pareja sentimental de su madre”, lamentó la diputada, integrante de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia.
En su exposición resaltó también el caso reciente en la comunidad de Buenavista, municipio de Tarandacuao, Guanajuato, donde un niño de nueve años, llamado Santiago, fue asesinado con un machete por su padre, quien bajo los influjos del alcohol dejó también herida a la madre del menor y huyó.
Por la muerte del pequeño Crucito, en Iztacalco, enfrentan proceso en detención, el padrastro, Oscar “N”, así como la madre, Berenice “N”.
La mujer está acusada de homicidio, al ser señalada de presunto homicidio, por no proteger a su hijo, además de que ella también ejercía violencia en contra del menor.
*DRR*
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