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Comunidad

Constitución CDMX amplía facultades a contralores ciudadanos

Tendrán la facultad de interponer denuncias ante los órganos internos de control e impugnar resoluciones cuando consideren que afecten el interés público

Redacción | 12-09-2018
Eduardo Rovelo Pico dio inicio a la jornada de capacitación denominada “La Red de Contraloría Ciudadana en la Constitución Política de la Ciudad de México”. Foto tomada de la cuenta de twitter: @Eduardo_Rovelo
Eduardo Rovelo Pico dio inicio a la jornada de capacitación denominada “La Red de Contraloría Ciudadana en la Constitución Política de la Ciudad de México”. Foto tomada de la cuenta de twitter: @Eduardo_Rovelo

CIUDAD DE MÉXICO.

A partir del 17 de septiembre, cuando entre en vigor la Constitución Política capitalina, los integrantes de la Red de Contraloría Ciudadana, adscrita a la Secretaría de la Contraloría General local, ejercerán la facultad de interponer denuncias ante los órganos internos de control en los entes públicos e impugnar sus resoluciones cuando consideren que afecten el interés público.

El titular de la Secretaría de la Contraloría de la Ciudad de México, Eduardo Rovelo Pico, dio inicio a la jornada de capacitación denominada “La Red de Contraloría Ciudadana en la Constitución Política de la Ciudad de México”, orientada a actualizar conocimientos sobre los alcances de sus tareas ya bajo el nuevo ordenamiento.

Dijo que la Constitución Política capitalina reconoce a la Contraloría Ciudadana como un mecanismo de democracia participativa que favorece la transparencia, la rendición de cuentas, la prevención y el combate a la corrupción.

Según establece la carta magna en su artículo 61, los contralores ciudadanos tienen el derecho de interponer denuncias ante los órganos internos de control de los entes públicos de la administración pública capitalina y éstos, a su vez, están obligados a recibirlas, darles curso e informar del trámite, indicó.

Además, “coadyuvarán en los procesos de fiscalización gozando de la facultad de impugnar las resoluciones suscritas por los contralores internos que afecten el interés público”, con lo que podrán corregirse, modificarse, revocarse o anularse.

Al arrancar los trabajos de capacitación, Rovelo Pico advirtió que la nueva realidad jurídica sobre medios de impugnación impone a contralores internos estar pendientes de la formulación de la ley secundaria, “qué tendrá qué reformarse, cuáles serán los medios preparatorios y procesales, los términos, las formalidades para acudir a las instancias de control interno o de justicia administrativa”.

La Red de Contraloría Ciudadana cuenta con más de mil integrantes y su labor es de carácter honorífica, esto es, no perciben remuneración, mencionó.

Expuso que representan un contrapeso en los comités, sobre todo de adquisiciones y obras públicas, tanto en las delegaciones, dependencias, órganos desconcentrados y entidades de la administración pública de la Ciudad de México.

La Constitución local establece una amplia protección de las garantías de los derechos humanos, lo mismo que el derecho a una buena administración.

El artículo 26 constitucional establece un gobierno abierto que garantiza no sólo acciones de vigilancia y supervisión, sino también la transparencia, eficacia y eficiencia del gasto público de la ciudad a través de los contralores ciudadanos integrantes de la Red de Contraloría Ciudadana, añadió. 

**Notimex

jvc

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