CDMX recomienda adoptar antes de comprar animales y alerta sobre establecimientos autorizados
Las autoridades de la CDMX recomiendan priorizar la adopción de mascotas y comprar solo en establecimientos autorizados, con certificados de salud y cumplimiento de la Ley de Protección y Bienestar Animal 2024.

Las autoridades de la Ciudad de México exhortaron a los capitalinos a priorizar la adopción de animales de compañía.
Sin embargo, si el deseo es comprar, deben hacerlo únicamente en lugares autorizados, cuyos procesos de reproducción y crianza garanticen que no exista maltrato.
“De entrada, definitivamente, el tema de adoptar y no comprar es un gran cambio. Lo que te puedo decir como experta en adopciones, o algo parecido, es que un animal que tú adoptas y sacas de un círculo de dolor y miseria, es un animal que se va a adaptar cien por ciento a tus características.
Si vas a comprar, sé muy responsable con lo que compras. Es decir, tú te llevas a tu cachorrito, pero piensa —y lo podemos empezar a dar a conocer— qué hay detrás de ese cachorro: detrás de ese cachorro hay una mamá explotada, una perra que es obligada a tener crías sin su consentimiento”, dijo en entrevista Ana Villagrán, directora de la Agencia de Atención Animal (Agatan).
Recomendó acudir a tiendas especializadas o establecimientos incorporados a las sociedades canófilas autorizadas.
Recordó que la venta y exhibición de animales en mercados y vía pública están prohibidas, luego de las reformas de marzo de 2024 a la Ley de Protección y Bienestar Animal.
Los artículos 27 y 28 de la ley obligan a los vendedores a:
No comercializar animales menores de cuatro meses. Entregar al comprador un certificado de vacunación y desparasitación. Entregar un certificado de salud que acredite que el animal se encuentra libre de enfermedades degenerativas, displasias, entre otras, e incluir el calendario de vacunación. Realizar la venta por catálogos únicamente si se cumple con la protección, cuidado y trato digno del animal. Incluir una garantía mínima de 15 días por lesiones ocultas o enfermedades de incubación.
La ley indica que los establecimientos de venta deben contar con:
Clave de registro, licencia de funcionamiento, domicilio legal, teléfono y correo electrónico.
Nombre del representante legal, croquis de localización, listado de especies comercializadas y servicios veterinarios.
Inscripción de los especímenes en el Registro Único de Animales de Compañía.
Buenas instalaciones y condiciones sanitarias, comida suficiente y espacios destinados a la adopción.
Las reformas de marzo de 2024 también obligan a las autoridades a crear un registro de los vendedores autorizados y publicarlo; sin embargo, aún está en construcción.
“Hoy quien vende no está obligado a registrar nada. O sea, si yo te dijera, como animalista ortodoxa, te diría que hasta debería pagar impuestos y que debería haber un límite del número de veces que una hembra puede tener cachorros. Una gatita se embaraza cada tres meses, y si es un gato de angora, los gatos de angora pueden llegar a venderse hasta en 60 mil pesos cada uno. No se trata del dinero que generan —eso a nosotros no nos importa—, sino de cuántas veces reproduces a tu gata para obtener ganancias.
"No es que el Gobierno nos vaya a meter con las ganancias; ese no es el objetivo, pero sí tener un control de la gente que vende, que reporte al Gobierno cuántos perros produjo. Yo no estoy de acuerdo con esto, pero, en términos de venta, sería como entender el control: porque entonces podríamos dar seguimiento a cada cachorro vendido”, concluyó Villagrán.
*brc
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