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Nacional

Veto del INE a candidatos que violen la ley, perfilan; se elabora proyecto de sentencia

Busca TEPJF identificar causas por las que pueden perder la “presunción de un modo honesto de vivir” y proceder a rechazar registros

AURORA ZEPEDA ROJAS | 06-06-2022
nstituto Nacional Electoral (INE).
Justificación. El tema surge porque 17 gobernadores de Morena quebrantaron la Ley de Revocación de Mandato y no hay manera de sancionar este tipo de violaciones. Foto: Especial

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) discutirá en una próxima sesión un anteproyecto de sentencia en el que se vincularía al Instituto Nacional Electoral (INE) a crear lineamientos que identifiquen qué conductas, bajo qué mecanismos y bajo qué supuestos, una persona puede perder la “presunción de un modo honesto de vivir” a fin de que los órganos jurisdiccionales puedan sentenciar en esos casos. 

 Lo anterior en el anteproyecto en el que se confirma que 17 gobernadores de Morena violaron la ley al realizar propaganda indebida gubernamental durante el proceso de revocación de mandato, pero ante la falta de legislación del artículo 134, no hay manera de sancionar este tipo de violaciones. 

Hay que recordar que, si en futuros procesos electorales la autoridad analiza que un aspirante a una candidatura no cumple con el “modo honesto de vivir”, por haber sido sentenciado por algún tribunal competente es posible que no se apruebe su registro como candidato, en dado caso de obtenerlo internamente en su partido. 

 “Ante el quebrantamiento de la Constitución es necesario que el INE implemente lineamientos para precisar cómo tales infracciones pueden significar la pérdida de la ‘presunción del modo honesto de vivir’, al tratarse de ilícitos constitucionales cometidos por servidores públicos de primera línea”, dice el anteproyecto circulado por el magistrado electoral Felipe de la Mata Pizaña. 

La propuesta ordenaría al INE crear estos lineamientos, previo al inicio de los procesos electorales 2023, es decir, antes de septiembre próximo. 

 En el documento se consigna que las y los gobernadores de Baja California, Tabasco, Colima, Veracruz, Guerrero, Morelos, Nayarit, San Luis Potosí, Puebla, Michoacán, Campeche, Sinaloa, Nayarit, Sonora, Chiapas y Tlaxcala, así como por la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, violaron la ley al difundir un desplegado en el que apoyaban al Presidente de la República frente a las críticas del Parlamento Europeo en relación con el asesinato de periodistas. 

En sus cuentas de Twitter algunos de estos gobernadores también difundieron acciones de gobierno del Presidente que estaban prohibidas durante el proceso de revocación. 

Deberán precisar tiempo de sanción para Gabriel Quadri

Los siete magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral federal votarán próximamente el proyecto de su presidente Reyes Mondragón, que plantea establecer por cuánto tiempo el diputado Gabriel Quadri (PAN) estará en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política de Género (VPG). 

 Lo anterior como respuesta a la inconformidad que el legislador planteó ante la resolución de la Sala Regional Especializada, que determinó incluirlo en dicho padrón, como penalización por sus señalamientos en contra de la diputada de Morena, Salma Luévano. 

 Si bien el proyecto del magistrado Reyes Mondragón coincide en que el panista sí incurrió en VPG, ordena a dicha sala a realizar el reajuste respecto al tiempo en el que Quadri permanecerá en el registro, un hecho que lo impediría para aspirar a nuevos cargos de elección popular. 

 “Las publicaciones denunciadas, realizadas en Twitter, analizadas de manera integral y contextual, sí constituyen VPG y no pueden considerarse protegidas por la inviolabilidad parlamentaria ni por la libertad de expresión”, plantea en el proyecto el magistrado presidente del Tribunal Electoral federal. 

— Ivonne Melgar 

 

 

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