Suprema Corte resolverá amparo por la desaparición de Rosendo Radilla
El pleno aprobó por mayoría de votos ejercer su facultad de atracción para resolver un amparo promovido por la familia del activista, víctima de desaparición forzada a manos del Ejército Mexicano en 1974

Por mayoría de votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió ejercer su facultad de atracción para resolver un amparo relacionado con la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco, ocurrida en el contexto de la llamada “Guerra Sucia”, el 25 de agosto de 1974, en Atoyac de Álvarez, Guerrero.
Este caso generó una sentencia en contra del Estado Mexicano por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH), en 2009, ante las omisiones en las investigaciones, por la participación de elementos del Ejército Mexicano en la participación de la desaparición del activista guerrerense.
Al resolver a favor la Solicitud del Ejercicio de la Facultad de Atracción (SEFA) 1642/2024, el Máximo Tribunal deberá analizar las obligaciones estatales de búsqueda e investigación por la desaparición forzada ocurrida en 1974, en Atoyac de Álvarez, Guerrero, así como las medidas que puede ordenar un juez de amparo para garantizar los derechos a la verdad, justicia y reparación.
La solicitud se derivó de un amparo promovido por Tita Radilla, hija del activista desaparecido, y cuya facultad de atracción aceptó la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien no estuvo presente en la sesión de este lunes.
Para la votación de esta sesión, ya se había resuelto el impedimento de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, y la ministra María Estela Ríos González votó en contra de ejercer la facultad de atracción.
“Se trata de hechos acontecidos en la etapa de la historia de nuestro país, que se conoce como la Guerra Sucia, en este caso en particular, hechos acaecidos en la década de los 70, en el 74 específicamente, y creo que sí tiene la relevancia y trascendencia necesaria para que se atraiga por la Corte”, indicó el presidente de la SCJN, el ministro Hugo Aguilar Ortiz.
“Como el Tribunal Regional reconoció el 22 de junio de 2022, continúan pendientes las medidas más sustantivas: la investigación diligente, la búsqueda de la víctima y su rehabilitación, omisiones que, justamente hoy reclaman las recurrentes.
“Por ello, atraer el amparo en revisión 185/2024 nos permitiría interpretar el Artículo 2 del Pacto de San José para definir el alcance de las medidas que el Estado debe acoger internamente para garantizar los derechos humanos. Y, además, nos permitiría fijar un estándar claro frente a las omisiones de investigación estatal, que es un deber de esta Corte como guardián no sólo de la Constitución, sino también de la Convención”, indicó el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía.