SCJN atrae amparos en el caso de la saxofonista María Elena Ríos
La ministra Loretta Ortiz Ahlf destacó la necesidad de atraer el asunto por tratarse de una agresión de extrema violencia contra una mujer

Por mayoría, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió atraer los amparos promovidos por los implicados en la agresión con ácido contra la saxofonista oaxaqueña María Elena Ríos, entre ellos el exdiputado local Juan Antonio Vera Carrizal.
El 9 de septiembre de 2019, la artista oaxaqueña fue atacada con ácido, lo que le provocó lesiones graves y permanentes, por lo que señaló como autor intelectual a su expareja, Vera Carrizal, y al hijo de este, Juan Antonio Vera Hernández, quien actualmente es prófugo de la justicia.
Luego de que Vera Carrizal se entregó voluntariamente a las autoridades, fueron detenidos Rubicel Hernández Ríos y Rubén Loaeza Chárrez, imputados como autores materiales de la agresión.
Revocan absolución de Vera Carrizal
El juez José Gabriel Ramírez Montaño, en la audiencia celebrada el 14 de agosto de 2024, absolvió a Vera Carrizal y a sus coacusados en un caso de intento de feminicidio.
Pero ese mismo día, el Poder Judicial de Oaxaca anunció que la jueza María Antonia Esteva Domínguez asumía la titularidad del Tribunal de Enjuiciamiento del Circuito Judicial de la Mixteca.
La nueva titular del juzgado notificó que quedaba sin efecto la libertad otorgada a los imputados, lo que se comunicó al director del Centro Penitenciario Varonil de Tanivet. Por ello, Vera Carrizal y sus coacusados promovieron el amparo que este lunes fue atraído por el Máximo Tribunal.
SCJN analizará alcances del debido proceso
En la sesión de este lunes, la ministra Loretta Ortiz Ahlf destacó la necesidad de atraer el asunto por tratarse de una agresión de extrema violencia contra una mujer, con el propósito de abordar el fondo del asunto.
“Existen razones de especial interés y trascendencia que justifican ejercer la facultad de atracción, pues estamos ante un caso de extrema violencia feminicida en la que una mujer fue atacada con ácido en el rostro, poniendo en grave riesgo su integridad y su vida. Estimo que la intervención de esta Suprema Corte permitiría precisar los alcances del principio de inmediación y determinar las atribuciones de un juez sustituto para dejar sin efectos un fallo absolutorio y ordenar la reposición de un juicio oral.
“Se trata de una cuestión de especial relevancia, no solo por sus implicaciones para el debido proceso y la seguridad jurídica, sino también para garantizar el acceso efectivo a la justicia de las víctimas de violencia de género”, expresó la ministra Ortiz Ahlf.
El ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar, le acotó que únicamente se resolvería si el Máximo Tribunal atraía los amparos, y no el fondo del asunto.
“Después de haberse llevado la audiencia de juicio oral, se dictó una sentencia absolutoria y, de manera inmediata, pues se suspendió al juez que había presenciado la audiencia. Se sustituye por otra jueza y la jueza, la nueva jueza, establece que no, al no estar presente en la audiencia, no tenía la posibilidad de poner por escrito la sentencia. Y, al contrario, eso anula todo el juicio.
“Entonces, el punto de debate en esta solicitud de facultad de atracción es precisamente esta situación sui géneris que se presentó, más allá de que, efectivamente, subyace esta situación delicada”, precisó el ministro presidente Aguilar.
Siete ministros votaron a favor de atraer los amparos
La Solicitud de Ejercicio de la Facultad de Atracción se resolvió con siete votos a favor. La ministra María Estela Ríos González votó en contra y su colega, Sara Irene Herrerías Guerra, se declaró impedida debido a que, como funcionaria de la Fiscalía General de la República (FGR), tuvo conocimiento de las investigaciones del caso.
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