¿Qué líneas de celular no deben registrarse en el padrón móvil?
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones detalla las excepciones para el registro de líneas móviles en México. Conoce los requisitos y plazos del DOF.

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) emitió los lineamientos para identificar líneas móviles, detallando qué números telefónicos quedarán fuera de este registro obligatorio en México.
De acuerdo con el documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el objetivo es asociar cada línea con un titular responsable para reducir el uso ilícito de tecnologías de comunicación.
Líneas exceptuadas del registro
Según el Artículo 1 de los lineamientos aprobados por la CRT, existen casos específicos donde no se requiere la vinculación de identidad. Quedan exceptuados los números telefónicos asociados a una tarjeta SIM que no cuenten con la capacidad técnica de generar llamadas de voz, envío de mensajes cortos (SMS) o realizar llamadas a través de internet.
Esta medida excluye principalmente a los dispositivos diseñados exclusivamente para la transmisión de datos o de uso industrial que carecen de funciones de comunicación interpersonal directa. Para el resto de las líneas de celular operativas en territorio nacional, el registro es un requisito de observancia obligatoria para concesionarios y comercializadoras.
¿Cómo registrar mi línea telefónica?
Para las líneas que sí requieren registro, los usuarios deben acudir a un centro de atención de la operadora de su línea telefónica o esperar a que la empresa se comunique para solicitar el registro.
En cualquier caso, el usuario debe proporcionar una identificación oficial que contenga la Clave Única de Registro de Población (CURP). Los proveedores del servicio validarán esta información directamente con el Registro Nacional de Población (Renapo).
La normativa establece un límite para los usuarios finales. Las personas físicas podrán vincular un máximo de diez líneas telefónicas a su nombre. Esta restricción cuenta con dos excepciones:
- Personas morales y personas físicas con actividad empresarial, quienes deberán presentar su constancia de situación fiscal para acreditar la necesidad de más líneas.
- Usuarios que ya contaban con diez o más líneas en modalidad pospago antes de la entrada en vigor de estos lineamientos.
¿Hasta cuándo tengo para registrar mi celular y qué pasa si no lo hago?
El calendario de implementación establece fechas críticas para todos los usuarios de telefonía móvil en México. El proceso formal de vinculación para líneas nuevas y existentes comenzará 30 días naturales después de la entrada en vigor del decreto, que se cumplen el 30 de junio.
En caso de que un usuario no realice la vinculación dentro del periodo legal establecido, la consecuencia inmediata será la deshabilitación del servicio. Una línea deshabilitada perderá la capacidad de realizar o recibir tráfico convencional, quedando limitada exclusivamente a las siguientes funciones durante su ciclo de vida:
Recibir mensajes de emergencia mediante el protocolo de alerta común.
Realizar llamadas a Números de Emergencia y de Atención Ciudadana, específicamente al 911, 074, 079, 088 y 089.
Contactar al sistema de atención a clientes del proveedor para iniciar el proceso de regularización.
Las líneas suspendidas podrán ser reactivadas por sus titulares siempre que se cumpla con el proceso de vinculación antes de que expire el ciclo de vida de la línea definido por el operador.
RLO
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