Juan Vera Carrizal pide a la SCJN, que se deseche la petición, para que su caso no sea atraído para conocimiento de la Suprema Corte

De acuerdo con la defensa, tras más de cinco años de proceso penal, el 14 de agosto de 2024 el Tribunal de Enjuiciamiento de la Mixteca dictó un fallo absolutorio

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Excélsior

“Es improcedente que este alto Tribunal conozca de mi proceso penal, pues no es irrelevante ni novedoso el asunto que se pone a su conocimiento”, expresó Juan Vera Carrizal

La denunciante exige una reparación del daño por 87 millones de pesos

Ciudad de México, México, 6 de mayo de 2026.-  El abogado Édgar López García, defensor de Juan Antonio Vera Carrizal, informó que su representado solicitó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declinar la facultad de atracción del caso y ordenar que el expediente regrese al ámbito del Tribunal Colegiado del Poder Judicial Federal  con sede en Oaxaca , —aseguró— ya fue acreditada su inocencia mediante un fallo absolutorio.

En un posicionamiento público, el litigante explicó que Vera Carrizal enfrenta desde 2020 la causa penal 533/2019 por el delito de tentativa de feminicidio, proceso que —sostuvo— ha estado marcado por presuntas irregularidades, violaciones al debido proceso y una fuerte presión mediática y política. Añadió que, de acuerdo con la defensa, la denunciante ha exigido una reparación del daño por la cantidad de 87 millones de pesos. 

“El señor Vera Carrizal se presentó voluntariamente ante la autoridad judicial al conocer de la orden de aprehensión, confiando en su inocencia. Sin embargo, durante el proceso se le negó acceso oportuno a su expediente, se obstaculizó su derecho a una defensa adecuada y se generó una narrativa mediática que no corresponde a los hechos”, señaló el abogado.

De acuerdo con la defensa, tras más de cinco años de proceso penal, el 14 de agosto de 2024 el Tribunal de Enjuiciamiento de la Mixteca dictó un fallo absolutorio a favor de Vera Carrizal, ordenando su inmediata liberación. No obstante, horas después, una jueza sustituta dejó sin efecto la boleta de libertad, anuló lo actuado en juicio oral y ordenó la reposición del procedimiento, manteniendo la medida de prisión preventiva.

López García calificó esta decisión como “una medida arbitraria y sin precedentes”, al considerar que se vulneraron principios fundamentales del sistema penal acusatorio, como la independencia  judicial y la certeza jurídica.

Asimismo, detalló que la defensa promovió diversos juicios de amparo, entre ellos el 961/2024, el cual fue negado en primera instancia, por lo que se interpuso el recurso de revisión 55/2025 ante un Tribunal Colegiado. Dicho recurso, explicó, se encontraba listo para resolución cuando la Fiscalía General de la República solicitó la facultad de atracción por parte de la SCJN.

“El traslado del asunto a la Suprema Corte, mediante un procedimiento acelerado, ha prolongado injustificadamente la privación de la libertad de nuestro representado, quien lleva más de seis años en prisión, a pesar de haber sido declarado inocente”, afirmó.

El defensor subrayó que el caso no reúne los requisitos constitucionales para ser atraído por el máximo tribunal, al no tratarse de un asunto novedoso ni de relevancia excepcional, por lo que insistió en que debe resolverse en la instancia correspondiente.

Finalmente, el abogado hizo un llamado a los ministros de la SCJN para que actúen con apego a la Constitución y a los principios de legalidad e imparcialidad.

“Validar las irregularidades denunciadas sentaría un precedente regresivo en materia de derechos humanos. Confiamos en que el máximo tribunal garantizará la seguridad jurídica y el respeto al debido proceso”, concluyó.

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