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Nacional

Pesa experiencia para Guardia Nacional; prevén mandos de 48 y 52 años

Al menos 30 años de servicio en sus corporaciones deberán tener los mandos territoriales y estatales

Leticia Robles de la Rosa | 15-04-2019
Pesa experiencia para Guardia Nacional; prevén mandos de 48 y 52 años
Pesa experiencia para Guardia Nacional; prevén mandos de 48 y 52 años

CIUDAD DE MÉXICO.

El gobierno federal apuesta sólo por elementos de experiencia probada y conocimientos militares para que se hagan cargo de los mandos territoriales y estatales que serán el tercer nivel de la jerarquía de la Guardia Nacional, pues al menos tendrán que registrar 30 años de experiencia en una corporación federal y recibir cursos de mando en planteles de educación militar y naval.

De acuerdo con el régimen transitorio de la propuesta de Ley de la Guardia Nacional, que el jueves entregó al Senado el secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, Alfonso Durazo, en tanto no exista el personal de la Guardia Nacional con la jerarquía que se requiera para ocupar la titularidad de los mandos, el propio secretario, a propuesta del comandante de la Guardia, general en proceso de retiro, Luis Rodríguez Bucio, deberá designarlos.

El criterio para esa designación, establece la propuesta legal, es que para ocupar la titularidad de los mandos territoriales tendrá que registrar una antigüedad de 34 años de servicio en su fuerza de procedencia, ya sea Policía Federal, Policía Militar o Policía Naval; es decir, su ingreso a la corporación deberá ser en el año de 1985; además, deberá contar con título de licenciatura en materias afines a la seguridad pública, con 10 años de antigüedad como mínimo, y al menos 52 años de edad.

Para ocupar la titularidad de los mandos estatales se debe haber servido a la fuerza de procedencia por lo menos 30 años; lo que implica que debió ingresar en 1989; contar con título de licenciatura en materias afines a la seguridad pública, con 10 años de antigüedad como mínimo, y al menos 48 años de edad.

“En todo caso se tomarán en cuenta, para la designación, la naturaleza de la fuerza sobre la que se ejerza el mando, la trayectoria en la institución de origen y todos aquellos requisitos aplicables establecidos en la presente ley y en el reglamento”, dice el documento.

Establece, además, que, en tanto se expida el reglamento de la Ley de la Guardia Nacional, los mandos de unidades “serán designados de entre los integrantes de su institución de origen, observando los requisitos que en las disposiciones aplicables se establezcan para ocupar dicha titularidad”.

Aclara que “los integrantes de la Policía Federal que sean designados para ocupar la titularidad de los mandos territoriales y estatales deberán acreditar los cursos de mando que establezcan el Servicio de Seguridad y Protección Ciudadana en los planteles de educación militar y naval que correspondan”.

La propuesta de ley dispone que el comandante “ejercerá su autoridad a través de los mandos territoriales, estatales y de unidad, sin perjuicio de ejercerla de manera directa. Asimismo, dispondrá de una Jefatura General de Coordinación Policial y de los organismos necesarios para el desarrollo de sus funciones”.

Los mandos territoriales tendrán bajo su autoridad a dos o más mandos estatales; los mandos estatales tendrán a su cargo a dos o más unidades; el mando de unidad será de nivel Batallón, Compañía, Sección, Pelotón y Escuadra.

“Urgente, legislación secundaria”

El Ejecutivo federal incurre en ilegalidad al nombrar a los mandos de la Guardia Nacional antes de que se discutan y aprueben las leyes secundarias, aseguró la especialista en Derecho Constitucional de la Facultad de Estudios Superiores Aragón de la UNAM, Claudia Meneses Salinas.

“Es un acto fuera de la ley, porque no tiene las facultades para nombrar a alguien que no tiene un perfil establecido”, dijo.

Por lo tanto, afirmó que si desde los nombramientos, el Presidente de la República no se apega a derecho, todo lo que realice la Guardia Nacional se puede declarar nulo o ilegal.

La experta señaló que más allá de que los mandos recién nombrados sean militares en proceso de retiro, insistió en que “mientras no haya leyes secundarias, es decir, un marco legal en torno a la Guardia Nacional, prácticamente todo lo que se haga alrededor de esa entidad es ilegal”.

Explicó que antes de un nombramiento debe de quedar establecido en las leyes secundarias un detallado perfil de cada una de las personas que van a laborar en el nuevo cuerpo policial, incluyendo a los manos superiores.

La especialista dijo, entonces, que cualquier persona o entidad afectada por la Guardia podría recurrir a amparos para que sea el Poder Judicial de la Federación el que ponga los límites.

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