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Funcionarios de Inegi no podrán ganar más que el presidente

Los mandos superiores del Inegi deberán mantener su salario por debajo del que tiene asignado el titular del Ejecutivo, como lo establece la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos

David Vicenteño/Foto: Especial | 08-07-2021
Los funcionarios del Inegi no podrán recibir percepciones superiores a las que gana el Presidente luego de que el ministro Fernando Franco González Salas negó suspender la aplicación de LFRSP.
Los funcionarios del Inegi no podrán recibir percepciones superiores a las que gana el Presidente luego de que el ministro Fernando Franco González Salas negó suspender la aplicación de LFRSP.

Los funcionarios del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) no podrán recibir percepciones superiores a las que gana el Presidente de la República, luego de que el ministro Fernando Franco González Salas negó suspender la aplicación de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos (LFRSP).

El integrante de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aceptó a trámite la controversia constitucional 76/2021 promovida por el organismo autónomo en contra la LFRSP, promulgada en mayo pasado.

“Atento a lo anterior, a las características particulares del caso y a la naturaleza de las disposiciones impugnadas, sin prejuzgar respecto del fondo del asunto, que será motivo de estudio en la sentencia que en su oportunidad se dicte, procede a negar la suspensión en los términos solicitados por el promovente”, resolvió el ministro Franco González Salas.

De esta forma, los mandos superiores del INEGI deberán mantener su salario por debajo del que tiene asignado el titular del Poder Ejecutivo, como lo establece la LFRSP.

A partir de la primera publicación de esta norma, que fijó topes salariales para la Administración Pública, siendo más alto el del Presidente, diversos organismos autónomos se inconformaron.

Impugnaron la ley, con controversias constitucionales, el INEGI, el Instituto Nacional Electoral (INE), el Banco de México (Banxico), la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), con el argumento de que el tope salarial los limitaba en su autonomía e independencia.

Hasta el momento, únicamente se ha aceptado a trámite la controversia del INEGI que, al negarse la suspensión de la aplicación de la ley impugnada, sus directivos mantendrán un salario por debajo del Presidente, hasta que el asunto se resuelva de fondo, de acuerdo con lo publicado en estrados de la SCJN.

jcp

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