Desechado, 70% de quejas de alertadores; pide crear ley para regular la práctica
3 mil 753 fueron determinadas por la SFP como incompetencias y 840 están en construcción

CIUDAD DE MÉXICO.
De las más de cinco mil denuncias ciudadanas sobre posibles actos de corrupción que el gobierno federal recibió en dos años, 70% no procedió.
El Tercer Informe de Gobierno señala que del 25 de julio de 2019 al 30 de junio de 2021 se interpusieron cinco mil 395 avisos como parte del Sistema de Ciudadanos Alertadores Internos y Externos de la Corrupción, programa de la Secretaría de la Función Pública (SFP) que busca incentivar la cultura de la denuncia sobre delitos como cohecho, peculado y desvío de recursos públicos.
De dicha cifra, tres mil 753 fueron determinadas como incompetencias y 840 están en proceso de construcción con las personas alertadoras o se está solicitando información a otras áreas de la SFP y/o dependencias federales. Otras 747 se remitieron a investigación (62 ya están concluidas por autoridades investigadoras y cuatro en substanciación) y 55 se encuentran en proceso de análisis.
El documento detalla que del 1 de septiembre de 2020 al pasado 30 de junio sumaron 874 alertas, de las cuales 259, 30%, fueron determinadas como incompetencias; 566 están en proceso de construcción con los alentadores o se solicitó más información a otras áreas de la SFP y/o dependencias federales; 47 se encuentran en investigación y dos fueron concluidas por las autoridades investigadoras.
Este programa de denuncia ciudadana cuenta con un protocolo para salvaguardar la integridad de las personas alertadoras. Entre octubre de 2020 y junio de 2021 se implementaron medidas de protección en 13 casos, hay nueve más en solicitud y tres en proceso de implementación.
Cuando las alertas se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: sean ajenas a las responsabilidades administrativas o que impliquen conflictos jurídicos entre particulares, o que pertenezcan al ámbito del derecho civil, agrario, laboral, fiscal, penal, derechos humanos, discriminación, acoso y hostigamiento sexual, o que corresponda conocer a alguna autoridad jurisdiccional, judicial o legislativa, federal o local, respectivamente o no constituyan actos graves de corrupción relacionados con cohecho, peculado o desvío de recursos públicos, en términos de lo dispuesto por la Ley General de Responsabilidades Administrativas, dejando a salvo sus derechos para hacerlos valer en la vía legal correspondiente. Para estos casos, se definirá la incompetencia de la coordinación y se dará vista a la Dirección General de Denuncias e Investigaciones para que proceda conforme corresponda.
Sobre el tema, organizaciones como Artículo 19, Fundar y la Red en Defensa de los Derechos Digitales han externado su preocupación porque en la legislación mexicana actual no se reconoce a la figura del alertador, por lo que urgen a iniciar un proceso de cocreación de leyes y políticas públicas participativo, plural y abierto en el que la ciudadanía interesada pueda incorporar sus recomendaciones y observaciones para la creación de una Ley Nacional de Alertadores.
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