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Cofece condiciona la compraventa de las plantas eléctricas de Iberdrola

La Cofece condicionó la venta de 13 plantas eléctricas de Iberdrola al cumplimiento de diversas condiciones que obligan a los compradores a operarlas de manera independiente y a evitar intercambios de información sensible.

Por S. García | 15-02-2024
Cofece condiciona la compraventa de las plantas eléctricas de Iberdrola
Cofece condiciona la compraventa de las plantas eléctricas de Iberdrola

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) sujetó la venta de 13 plantas eléctricas de la empresa Iberdrola al cumplimiento de diversas condiciones que obligan a los compradores a operarlas de manera independiente en el mercado y a evitar intercambios de información sensible o estratégica entre competidores.

En un comunicado, la Comisión indica que el cumplimiento de estas condiciones garantizará que la competencia económica del mercado de la generación eléctrica no se vea afectada.

Las condiciones impuestas por el Pleno de la Cofece obligan a los compradores a: 

  • Operar las plantas de generación objeto de la Operación de manera independiente en el mercado
  • Evitar intercambios de información sensible o estratégica entre competidores.

La Cofece indica además que, con la finalidad de que las plantas de generación eléctrica funcionen de manera autónoma e independiente, se impusieron, las siguientes condiciones:

  • Fonadin o sus partes vinculadas en la operación deberán reducir y mantener su inversión en un máximo de 51%, lo cual debe concretarse en un plazo de 24 meses.
  • Se debe designar a un administrador profesional independiente, que sea el encargado de tomar decisiones relativas a la operación de las plantas de generación eléctrica en el mercado.
  • Se deben establecer controles y mecanismos para que las decisiones relativas a la administración de las plantas de generación eléctrica únicamente puedan ser adoptadas mediante votaciones calificadas o con intervención obligatoria de inversionistas institucionales o miembros independientes.
  • Se deben establecer controles y mecanismos que obliguen a las personas encargadas de la operación de las plantas de generación eléctrica a actuar con independencia y sin conflicto de interés.

Por su parte, con la finalidad de obligar a los compradores a que eviten intercambios de información sensible o estratégica entre competidores, se impusieron, entre otras, las siguientes condiciones:

  • Deben designar a un oficial de cumplimiento totalmente independiente a las partes que verifique y garantice esta situación.
  • Los directivos y personas encargadas de la operación de las plantas de generación eléctrica deberán abstenerse de tener cargos en algún otro competidor; sumado a que no podrán ser designados aquellos que fueron servidores públicos en los últimos 4 años.

De tal manera, las condiciones impuestas por el Pleno de la Comisión, en su conjunto, obligan a los compradores a garantizar que, pese a la inversión del Fonadin en la operación, las plantas de generación eléctrica operarán de manera autónoma e independiente en el mercado; sin injerencia o comunicación con sus competidores. Estas Condiciones tienen una vigencia de 10 años y serán constantemente verificadas por la Cofece a través de diversos mecanismos establecidos en la resolución.

"Los compradores deberán aceptar de manera expresa e incondicional las condiciones establecidas por el Pleno de la Comisión para poder cerrar la Operación y, en caso de que incumplan las condiciones una vez aceptadas, se podrán imponer las sanciones establecidas en el artículo 127 de la Ley Federal de Competencia Económica", indica la Comisión.

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