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Nacional

CNDH asegura que modelo de estaciones migratorias debe cambiar

El organismo nacional dio a conocer que el Instituto Nacional de Migración (INM) se ha posicionado en los primeros cuatro lugares de autoridades responsables en las quejas

Alejandrina Franco | 14-02-2024
Entrada a la CNDH
El Informe Especial tiene como objetivo demostrar la pertinencia de modificar el esquema de estaciones migratorias y establecer criterios para uno nuevo, integral, que responda a la dinámica migratoria actual. Fotografía: CNDH.

En un informe especial sobre las condiciones de las estancias migratorias, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dio a conocer que ninguna de éstas se considera adecuada; trece de ellas son insuficientes; veintiuno son inadecuadas y el resto se encuentra en situación crítica.

En ese sentido, la calificación general de las 11 estaciones migratorias y 38 estancias provisionales en escala del 0% al 100%, tuvo un resultado del 47.93%, por lo que la CNDH considera que el modelo de estos inmuebles debe cambiar.

Además, el organismo nacional dio a conocer que históricamente, en los datos de 2019 a 2022, el Instituto Nacional de Migración (INM) se ha posicionado en los primeros cuatro lugares de autoridades responsables en las quejas por presuntas violaciones a los derechos humanos.

En ese mismo sentido, el Sistema arroja que las quejas contra el INM han crecido año con año desde 2019, sin embargo, en 2020 bajó su posición frente a otras autoridades.

El INM y su modelo de estaciones migratorias nació en 1993, en el marco de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio, para ofrecer una política de securitización de las fronteras. Sin embargo, la CNDH menciona que los tiempos han cambiado, y hoy ese modelo debe transformarse por uno que ponga a la persona y sus derechos humanos al centro.

Además, mencionaron que los lamentables hechos ocurridos en la estancia provisional del INM de Ciudad Juárez, Chihuahua el 27 de marzo de 2023, marcaron un hito para transformar el modelo carcelario implementado por los gobiernos neoliberales en las estaciones migratorias y estancias provisionales.

De este modo, el presente Informe Especial tiene como objetivo demostrar la pertinencia de modificar el esquema de estaciones migratorias y establecer criterios para uno nuevo, integral, que responda a la dinámica migratoria actual.

Considerando que la migración irregular no es un delito y establezca, para toda la gobernanza migratoria, el principio de no criminalización, el respeto al debido proceso y a la seguridad jurídica, la garantía de los derechos a la salud, a la justicia, al trato digno, a solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado y el derecho a solicitar asilo político, considerando el principio de no devolución, el derecho a la vida y a la paz.

De igual manera, reiteran la importancia de atender oportunamente las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado o protección complementaria, así como adoptar medidas para que la detención de las personas migrantes no exceda las 36 horas.

También subrayan la necesidad de coordinar esfuerzos con embajadas y consulados; asignar presupuesto suficiente para la transformación integral de las estaciones y estancias migratorias; reformar la normatividad con el objeto de que la detención migratoria sea un recurso excepcional, y poner fin gradualmente al modelo de estaciones.

Respecto a la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político y su Reglamento, la CNDH menciona que estos ordenamientos surgen de la necesidad de contar con un marco jurídico que permita hacer frente a las nuevas realidades para garantizar la protección de las personas refugiadas en el país y adiciona el otorgamiento de protección complementaria que se otorga a las personas extranjeras que requieran ser protegidas para no ser devueltas a sus países de origen porque su vida, seguridad o libertad se verían o porque se encontrarían en peligro de ser sometidos a tortura u otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.

Por lo que a través de esta ley, se pretende regular el procedimiento para el reconocimiento de la condición de refugiado, protección complementaria o asilo político en el país y la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) se encarga de llevarlo a cabo.
 

 

 

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