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Juez avala derecho de un hombre para andar desnudo por las calles; lo acusaron de exhibicionismo

Alejandro Colomar, ganó una demanda ante un tribunal en España, legitimando su derecho de andar desnudo en las calles de la Comunidad Valenciana

Reuters | D. Rodríguez | 03-02-2023
Alejandro Colomar
Alejandro Colomar, el hombre que ganó una demanda contra el tribunal de España. (Reuters)

Un tribunal de justicia español falló a favor de un hombre que fue multado por caminar desnudo por las calles de un pueblo en la región de Comunidad Valenciana y luego intentó asistir desnudo a una audiencia judicial.

En un comunicado, el tribunal superior de la región dijo que había desestimado un recurso contra la decisión de un tribunal inferior de anular las multas impuestas al hombre por estar desnudo en las calles de Aldaia, un pueblo en las afueras de la capital regional. El tribunal, sin embargo, reconoció un "vacío legal" en la ley española con respecto a la desnudez pública.

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Alejandro Colomar, de 29 años, fue filmado llegando a la corte usando solo un par de botas de montaña antes de que se le ordenara que se pusiera más ropa para ingresar al edificio. En su juicio, argumentó que las multas infringieron su derecho a la libertad ideológica. Dijo a la agencia Reuters que comenzó a desnudarse en público en 2020 y recibió más apoyo que insultos cuando caminaba desnudo, aunque una vez lo amenazaron con un cuchillo.

"La multa no tiene ningún sentido", dijo. “Me acusaron de exhibicionismo obsceno. Según el diccionario eso implica intención sexual y (eso) no tiene nada que ver con lo que estaba haciendo”.

La desnudez pública es legal en España desde 1988. Cualquiera puede caminar desnudo por la calle sin ser arrestado, pero algunas regiones como Valladolid y Barcelona han introducido sus propias leyes para regular el nudismo, especialmente fuera de la playa. El tribunal señaló que Aldaia no tiene ninguna ley que prohíba el nudismo.

El juzgado de Valencia dictaminó que Colomar se había "limitado a permanecer o circular desnudo en diferentes momentos por dos calles distintas de Aldaia", y su comportamiento no supuso una "alteración de la seguridad ciudadana, la tranquilidad o el orden público".

dm

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