Tránsito y movilidad CDMX: Apps y socios infringen reglamento de tránsito

Motociclistas que trabajan para plataformas como Uber, DiDi y Rappi ingresan con vehículos de bajo cilindraje a carriles de acceso controlado, aunque está prohibido

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Motocicletas de bajo cilindraje circulando en Circuito Interior en la CDMX.

A pesar de que está prohibido y sancionado por el Reglamento de Tránsito (RT), repartidores de aplicaciones como Uber, DiDi, y Rappi, entre otras, circulan con sus motocicletas de menos de 250 centímetros cúbicos (cc) en carriles centrales de vialidades de acceso controlado, como Circuito Interior, Periférico o Viaducto.

Ello, sin que las empresas de aplicaciones tomen medidas contundentes para evitarlo, de acuerdo con repartidores consultados.

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Los operadores indicaron a este diario que las aplicaciones les señalan la ruta a seguir para el reparto, sin diferenciar por dónde tienen permitido circular y por dónde no.

Te manda la ruta, digamos por Periférico, pero no te indica si puedes o no puedes ingresar a carriles centrales”, indicó un repartidor que prefirió omitir su nombre.

Ello a pesar de que en las aplicaciones está registrado el tipo de motocicleta que maneja cada repartidor, incluidos datos como tamaño y cilindraje del vehículo.

Las aplicaciones saben el tamaño de moto que tiene cada repartidor porque se registran los datos cuando entras a trabajar”, detalló otro operador o socio, como los denominan las plataformas digitales.

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Motocicleta de bajo cilindraje circulando en Periférico en la CDMX.

En recorridos realizados se observó que los repartidores circulan con sus motocicletas en vialidades de acceso controlado como Ejército Nacional, Anillo Periférico, Viaducto o Circuito Interior, a pesar de que existen señalamientos que alertan sobre la prohibición.

El fenómeno se incrementa en las inmediaciones de plazas comerciales en donde los repartidores hacen base y cuando tienen  que entregar suelen ingresar a los carriles centrales de estas vialidades, para las cuales el RT es claro sobre la restricción para las motocicletas menores a 250 cc.

¿QUÉ DICE EL REGLAMENTO DE TRÁNSITO DE LA CDMX?

La Fracción V del Artículo 21 del RT prohíbe la circulación de motocicletas menores a 250 cc en carriles centrales de vialidades de acceso controlado:

Se prohíbe a los conductores de motocicletas: (...) circular por los carriles centrales de las vías de acceso controlado cuando utilicen vehículos menores a 250 centímetros cúbicos”, indica el ordenamiento.

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Motocicleta de bajo cilindraje circulando en avenida de acceso controlado en la CDMX

El RT prevé que, en caso de incumplimiento, el motociclista será sancionado con una multa equivalente a diez, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización, es decir, hasta dos mil 262 pesos.

Durante los recorridos que hizo este medio no se observaron elementos policiacos que disuadan a los motociclistas de violar el RT.

En la Ciudad de México vialidades como Ejército Nacional, Anillo Periférico, Viaducto, Circuito Interior, Río San Joaquín, Aquiles Serdán, entre otras, son consideradas de acceso controlado y se caracterizan por contar con un bloque de carriles centrales y algunas de acceso.

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*mcam