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Comunidad

¿Cuáles son las sanciones por fumar en las 11 zonas del Centro Histórico de CDMX?

Aquellas personas que no respeten la medida de los 11 lugares libres de humo serán remitidas al juez cívico; las sanciones van desde multas, arrestos hasta trabajo comunitario.

Wendy Roa | Maritza Contreras | 31-05-2022
Persona con un cigarro encendido en la mano.
El Gobierno capitalino estableció zonas del Centro Histórico como “Espacios Libres de Humo y otras Emisiones que interfieran con el Derecho de Personas No Fumadoras”. Foto: Diseño Excélsior

A partir de este 31 de mayo está prohibido fumar o vapear en 11 zonas del Centro Histórico de la Ciudad de México tras ser declaradas como espacios libres de humo por el gobierno capitalino. Por ello, quienes incumplan con la medida serán acreedores a sanciones.

El objetivo de la medida, de acuerdo con el gobierno local, es proteger y preservar un entorno público benéfico para los habitantes, las personas no fumadoras y cualquier visitante a la Ciudad de México para evitar que sean expuestos a los efectos nocivos por inhalar involuntariamente el humo del tabaco.

El Zócalo y las calles, espacios públicos o plazas adyacentes, toda esta zona se considera libre de humo de tabaco y, en general, libre de emisiones de humo para proteger a las personas no fumadoras. Es una medida de salud, de protección del medio ambiente y, también, es una medida que busca proteger la circulación en estos grandes espacios públicos que están en el corazón del país, de todas las familias, porque aquí vienen niñas, niños, adultos mayores, mujeres, personas de todas las edades a actividades de muy diversos tipos", señaló Martí Batres, secretario de Gobierno de la CDMX, en conferencia.

La medida fue anunciada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y entró en vigor este martes; aquí te decimos cuáles serán las multas o sanciones por no cumplir con esta restricción.

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¿Cuál es la multa o sanción por fumar en espacios libres de humo en CDMX?

Las violaciones a estas disposiciones de no fumar en las 11 zonas libres de humo serán sancionadas en términos de lo dispuesto por los artículos 28 y 29 y 30 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México.

Las personas que sean descubiertas fumando en uno de estos espacios podrán recibir una invitación por parte de cualquier policía de la CDMX para apagar el cigarro, de no hacer caso, podrán ser remitidas al Juez Cívico correspondiente.

Las sanciones aplicables a las infracciones cívicas pueden ser desde una amonestación, multa, arresto o trabajo en favor de la comunidad a consideración del impartidor de justicia.

Las multas van desde los 11 a 40 veces la Unidad de Medida y Actualizació (UMA) que equivale a mil 58 pesos hasta los 3 mil 848 pesos, o arresto de 13 a 36 horas, o trabajo comunitario de10 a 18 horas.

Venta de cigarros en un puesto ambulante.

¿Cuándo aplicarán las sanciones?

El aviso por el que se establecieron zonas del Centro Histórico como “Espacios Libres de Humo y otras Emisiones que interfieran con el Derecho de Personas No Fumadoras” se publicó en la Gaceta Bis del 30 de mayo, a través de la Agencia de Protección Sanitaria (AGEPSA), y entra en vigor a partir de este martes.

¿Cómo se informará a las personas para que eviten fumar en estas áreas?

Las autoridades capitalinas realizarán campañas de concientización de negocios y personas que se encuentren en las áreas libres de humo, además de que se colocarán señalizaciones para delimitar las áreas restringidas.

La nueva disposición excluye a las personas dedicadas a preservar las costumbres y tradiciones prehispánicas.

¿Cuáles son los espacios libres de humo de cigarro en el Centro Histórico?

Los lugares en donde se restringe el consumo de cualquier producto derivado del tabaco son:

  • Zócalo de la Ciudad de México
  • La Plaza de la Mexicanidad
  • La Plaza Manuel Gamio
  • La Plaza del Seminario
  • El empedradillo
  • La Plaza del Centro Histórico, ubicada en calle Monte de Piedad S/N
  • La calle Francisco I. Madero, mejor conocida como, “Corredor Peatonal Madero
  • Los Portales (ubicados entre calle 20 de Noviembre y calle José María Pino Suárez)
  • Los Portales del Antiguo Palacio del Ayuntamiento (ubicados entre calle 20 de Noviembre y calle 5 de Febrero)
  • Los Portales (ubicados entre calle 16 de Septiembre y la calle Francisco I. Madero)
  • La calle 20 de Noviembre, entre el Zócalo y la calle de Venustiano Carranza.

¿En qué otros espacios se prohíbe fumar?

Esta es la segunda medida implementada en contra de los fumadores en la capital. La primera -aprobada el 4 de marzo de 2008- establece la prohibición de fumar en espacios cerrados de acceso público, privado y social, dando prioridad a la creación de espacios 100% libres de humo de tabaco.

El gobierno capitalino prohíbe fumar en otros lugares de la Ciudad de México, por lo que la ley de Protección a la Salud de los No Fumadores también establece sanciones para aquellas personas que fumen en las zonas libres de humo de tabaco.

Algunos de esos lugares, son por ejemplo los espacios cerrados de acceso al público, oficinas gubernamentales, hospitales, centro de salud, bibliotecas públicas, museos, instalaciones deportivas donde se ubiquen juegos infantiles, en los vehículos de transporte público, entre otros.

También “queda prohibido fumar en espacios o sitios de concurrencia colectiva”, dice el artículo 10, fracción XIII de dicha ley.

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