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Comunidad

CDMX regula alojamiento tipo Airbnb; hay nuevas obligaciones por ley

Las plataformas están obligadas, entre otras cosas, a reportar semestralmente la ocupación de los inmuebles, las noches ocupadas y las quejas recibidas.

Hilda Castellanos-Lanzarin | 04-04-2024
Airbnb
Foto: Especial

La Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México anunció el jueves 4 de abril la publicación del decreto que reforma la Ley de Turismo del Distrito Federal. Esta reforma incluye la regulación de las Plataformas Digitales de Servicios de Alojamiento, como Airbnb, estableciendo un marco legal para su operación.

CREACIÓN DE PADRONES DE REGULACIÓN

Para regular esta actividad, se creará un padrón de prestadores de servicios de alojamiento y otro de las plataformas digitales dedicadas a la prestación de hospedaje turístico ocasional. Estos registros estarán administrados por la Secretaría de Turismo de la Ciudad de México y la Agencia Digital de Innovación Pública, buscando identificar a anfitriones y plataformas tecnológicas que ofrecen servicios de estancia turística eventual.

OBLIGACIONES Y SUPERVISIÓN

Los prestadores de servicios de alojamiento contratados a través de plataformas digitales deberán cumplir con las contribuciones fiscales correspondientes. El decreto busca establecer una base de datos confiable para que las autoridades supervisen la prestación del servicio y el cumplimiento fiscal.

REGISTRO Y RESPONSABILIDADES DE ANFITRIONES

Los anfitriones deberán registrarse en el Padrón de Anfitriones de la Ciudad de México, inscribir los inmuebles de uso habitacional disponibles para turistas y proporcionar información detallada sobre las características, precios y reglas de uso de los inmuebles. Además, deberán entregar informes semestrales a la Secretaría sobre la ocupación de los inmuebles.

GESTIÓN DE LAS PLATAFORMAS DIGITALES

Las plataformas tecnológicas deben registrarse y mantener actualizado su registro en el Padrón de Plataformas Tecnológicas, con una vigencia de dos años.

Estas plataformas también están obligadas a reportar semestralmente la ocupación de los inmuebles, las noches ocupadas y las quejas recibidas.

VIGENCIA DEL DECRETO

El decreto será efectivo al día siguiente de su publicación, otorgando 180 días naturales a las autoridades para implementar los padrones necesarios. Este marco busca regular adecuadamente el sector de alojamiento turístico y garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y legales.

*bb

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