20 de noviembre inician multas a motos eléctricas y otros VEMEPE en CDMX ¿de cuánto es?

Los llamados VEMEPE son aquellos que pueden superar los 25 km/h, tienen dos o más ruedas y cuentan con un motor cuya potencia continua nominal es mayor a 250 watts.

Tarde soleada. Con mucha tranquilidad, un perro viaja en la parte trasera de la motoneta de su dueño, quien circula sobre la calle Colima de la colonia Condesa.
Un perrito viaja en la parte trasera de la motoneta de su dueño, quien circula sobre la calle Colima de la colonia Condesa.

Si tienes una moto eléctrica y circulas por las calles de la Ciudad de México, esto te interesa. A partir del próximo viernes 20 de noviembre de 2026 comenzarán las multas para quienes no cumplan con las nuevas reglas como tener placas, licencia y tarjeta de circulación.  

Los conductores de Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) deberán tener sus unidades en regla y respetar el Reglamento de Tránsito. De lo contrario, podrían recibir multas de hasta 2 mil 350 pesos y, en determinados casos, quedarse sin vehículo, pues también podrán llevárselo al corralón.

Aquí las características de los vehículos
Aquí las características de los vehículosEspecial

Debes saber que NO todos los vehículos eléctricos entran en el mismo paquete. La Secretaría de Movilidad (Semovi) explicó cuáles necesitan placas, cuáles solamente requieren un distintivo y qué documentos deben tramitar sus propietarios.

¿Qué motos eléctricas necesitan placas en CDMX?

La diferencia está principalmente en la velocidad que alcanzan y la potencia de su motor.

Los llamados Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) son aquellos que pueden superar los 25 kilómetros por hora, tienen dos o más ruedas y cuentan con un motor cuya potencia continua nominal es mayor a 250 watts, pero no rebasa los mil watts.

Si tu unidad entra en esta categoría, tendrás que contar con:

Placas y Distintivo de Movilidad Eléctrica.

Tarjeta de circulación.

Licencia de conducir tipo A1 o A2.

Casco certificado, rodilleras y coderas.

¿Qué pasará con los vehículos eléctricos más pequeños?

Para los Vehículos Eléctricos Personales (VEP), las exigencias son diferentes.

En esta categoría, la Semovi ubica a las unidades que alcanzan una velocidad máxima de 25 kilómetros por hora y tienen un motor con potencia continua nominal menor a 250 watts.

Estos vehículos no necesitan placas ni matrícula, pero eso no significa que puedan circular sin ningún requisito.

Sus propietarios deberán obtener el Distintivo de Movilidad Eléctrica y utilizar casco certificado.

Repartidores en una motoneta.
Repartidores en una motoneta.

Así que antes de iniciar cualquier trámite, lo primero será revisar las características de tu vehículo, especialmente la velocidad que puede alcanzar y la potencia de su motor.

¿De cuánto es la multa?

De acuerdo con la SSC de la CDMX, las multas dependerán de la infracción cometida y de si el conductor ya había sido sancionado anteriormente.

Los montos anunciados son:

10 UMA: aproximadamente mil 175 pesos.

15 UMA: aproximadamente mil 762 pesos.

20 UMA: aproximadamente 2 mil 350 pesos.

La policía capitalina advirtió además que, cuando se presenten los supuestos previstos en la normativa, las unidades también podrán ser enviadas al depósito vehicular.

¿Cómo dar de alta una moto eléctrica en CDMX?

Para quienes tengan que regularizar su vehículo, la Semovi dio a conocer el procedimiento que deberán seguir.

El trámite comienza por internet. Primero hay que entrar a la Ventanilla Digital de la Semovi, en la página:

https://app.semovi.cdmx.gob.mx/ventanilla-semovi/

Una vez dentro, el interesado deberá registrarse con su cuenta Llave CDMX y buscar la opción "Alta de Vehículo Eléctrico Personal".

Después tendrá que llenar los campos solicitados y subir sus documentos en formato PDF.

Con esa información, la Semovi revisará el expediente y, cuando termine de validarlo, enviará la confirmación correspondiente.

El siguiente paso será realizar el pago y agendar una cita.

CIUDAD DE MÉXICO, 13DICIEMBRE2025.- Un joven duerme en una motocicleta eléctrica en una calle del Centro Histórico. La regulación de motos eléctricas en la Ciudad exige registro (placas, tarjeta de circulación), licencia de conducir para las que superen los 25 km/h, casco, luces encendidas y circular por calles respetando el flujo vehicular, no banquetas ni ciclovías; hay un periodo de transición sin multas (hasta agosto de 2026) para cumplir estas normas implementadas a mediados de 2025. FOTO: GRACIELA LÓPEZ/CUARTOSCURO.COM
Un joven duerme en una motocicleta eléctrica en una calle del Centro Histórico. Cuartoscuro

Finalmente, el propietario tendrá que presentarse el día señalado para recibir la documentación de su unidad.

¿Qué documentos necesitas?

Identificación oficial vigente y con fotografía.

Factura o carta factura que acredite la propiedad del vehículo.

Comprobante de domicilio de la Ciudad de México, con antigüedad no mayor a tres meses.

Todos deberán adjuntarse en formato PDF durante el registro en línea.

¿Cuándo empiezan las multas?

La fecha marcada por las autoridades capitalinas es el viernes 20 de noviembre de 2026. A partir de ese día comenzará la aplicación de sanciones a los conductores de vehículos motorizados eléctricos personales que incumplan las disposiciones correspondientes.