El Estado aquiescente
Tienen razón quienes se rehusan a utilizar la expresión “campo de exterminio” para determinar el alcance de los actos de barbarie cometidos en el rancho Izaguirre, de Teuchitlán, Jalisco. Lo correcto sería utilizar los términos de la legislación internacional ...

Víctor Beltri
Nadando entre tiburones
Tienen razón quienes se rehusan a utilizar la expresión “campo de exterminio” para determinar el alcance de los actos de barbarie cometidos en el rancho Izaguirre, de Teuchitlán, Jalisco. Lo correcto sería utilizar los términos de la legislación internacional vigente, así como aquellos provenientes de los tratados y convenciones suscritos por nuestro país y que forman parte de nuestro ordenamiento jurídico supremo.
“No sé qué quieran decir con crimen de lesa humanidad”, respondió la Presidenta de la República, en días pasados, a pregunta expresa en su conferencia matutina. “Durante muchos años los crímenes de lesa humanidad venían del Estado”, señaló. “Eso no existe ya en México: lo que hay es delincuencia organizada, y estamos haciendo nuestro trabajo para pacificar y disminuir los delitos en México”.
La legislación internacional es muy clara, sin embargo. “Por ‘desaparición forzada de personas’ se entenderá la aprehensión, la detención o el secuestro de personas por un Estado o una organización política, o con su autorización, apoyo o aquiescencia”, establece el Estatuto de Roma de la ONU en el inciso i) del artículo 7; lo mismo, en términos generales, que se describe en el numeral 2º de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. El tipo penal no deja lugar a dudas: para su configuración no es necesaria la participación del Estado, su autorización o apoyo expreso, sino su mera aquiescencia. Aquiescencia.
La palabra aquiescencia proviene del latín acquiescentia, y significa “consentimiento” o “aprobación tácita”: en términos jurídicos, relativos a los derechos humanos, se refiere siempre a la aceptación implícita o tácita de cualquier situación, acto o hecho, por parte de una autoridad gubernamental determinada. Los ejemplos de aquiescencia en el combate al crimen organizado abundan a lo largo de la historia reciente, y en muchos casos han sido fruto de la corrupción de las autoridades, en lo personal: en ningún sexenio, sin embargo, la aprobación tácita de la delincuencia se había convertido en una política de Estado promovida a los cuatro vientos.
El gobierno ofreció “abrazos, no balazos” de manera incondicional, sin pedir —en apariencia— nada a cambio: el crimen organizado comprendió muy pronto que “sin cuerpo, no hay delito”, y terminaría por obrar en consecuencia. La violencia se desató sin control alguno, y pronto rebasaría a un mandatario mediocre que se empeñaba en presumir como un logro el descenso en homicidios para incrementar su popularidad, al tiempo que se cuidaba de mencionar las desapariciones ocurridas durante su periodo y se negaba a recibir —o escuchar— a los familiares de las víctimas. El presidente aquiescente de un Estado aquiescente, en el que sus ciudadanos desaparecen todos los días de una forma generalizada y sistemática.
“La práctica generalizada o sistemática de la desaparición forzada constituye un crimen de lesa humanidad, tal y como está definido en el derecho internacional aplicable, y entraña las consecuencias previstas por el derecho internacional correspondiente”, establece la Convención antes citada en su artículo 5º. Es imposible negar lo evidente: los testimonios sobre lo que ocurre en lugares similares a Teuchitlán abundan, y el el descubrimiento cotidiano de fosas clandestinas abarrotadas se ha convertido en una noticia que hace mucho tiempo dejó de causar impacto entre una población que terminó por acostumbrarse, tristemente, a la barbarie.
Tienen razón quienes se resisten a denominar como un “campo de exterminio” a lo que ocurría al interior del rancho Izaguirre de Teuchitlán, Jalisco: la situación, en realidad, es mucho más grave y mucho más compleja. El Estado mexicano pudo ser omiso, de manera culposa, durante el neoliberalismo: el Estado mexicano ha sido aquiescente de manera culpable —en los términos determinados por los tratados internacionales que hemos suscrito— desde el inicio de la muy proclamada Cuarta Transformación Nacional. Las facturas, en cualquier caso, se habrán de pagar muy pronto.