La transición judicial: los pasos en los siguientes días

La reforma constitucional del Poder Judicial de la Federación, particularmente los ajustes normativos relacionados con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mandatan una nueva forma de enfrentar los desafíos institucionales y jurídicos que habrán de enfrentar sus ...

La reforma constitucional del Poder Judicial de la Federación, particularmente los ajustes normativos relacionados con la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mandatan una nueva forma de enfrentar los desafíos institucionales y jurídicos que habrán de enfrentar sus integrantes en los próximos años.

Tendrán no sólo la alta responsabilidad de delinear y orientar al justiciable con el dictado de nuevos criterios de interpretación constitucional que se traduzcan en certeza y seguridad jurídica, sino de coadyuvar en la construcción de un poder público que cumpla con sus obligaciones constitucionales.

No es un cambio cosmético, representa una transformación orgánica y funcional que incidirá en todo el sistema de justicia federal.

El nuevo tribunal en pleno tendrá un cúmulo de atribuciones constitucionales y legales con un claro énfasis en lo jurídico. Se ceñirá, principalmente al ámbito de lo jurisdiccional, separándose de las tradicionales funciones de naturaleza administrativa y disciplinaria que detentaba, inclusive tampoco ejercerá muchas de las funciones de interacción cotidiana con los otros poderes y niveles de gobierno.

  •  

La primera etapa de esta transformación está por concluir. La elección de los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal de Disciplina Judicial ya fue validada por el INE, sólo resta la conformación del nuevo Órgano de Administración que sustituirá al Consejo de la Judicatura Federal, para que el Poder Judicial de la Federación esté en aptitud de continuar con la implementación de la reforma judicial en lo que corresponde a sus ajustes internos. Para esta segunda etapa por comenzar, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establece en su régimen transitorio las bases de su implementación a cargo de una comisión exprofeso, en la que tendrán representación prácticamente todos los órganos constitucionales creados o reformados.

  •  

Sin embargo, aun cuando la normatividad secundaria previene las bases generales de la reorganización del Poder Judicial de la Federación, se requiere por parte de los responsables de la misma: conocimiento pleno del estatus institucional, imaginación, voluntad, humildad, unidad, compromiso, pero sobre todo apertura, para terminar de construir un andamiaje orgánico y funcional robusto, racional y austero. Sólo así los mexicanos podremos aspirar a una justicia eficiente, eficaz, honesta, transparente y objetiva.

Un tema fundamental más allá de lo orgánico y funcional, será la atención de los asuntos en trámite, el cúmulo de juicios pendientes de resolver es significativo. La Suprema Corte de Justicia de la Nación necesariamente tendrá que dictar los acuerdos jurisdiccionales que le den fluidez o despresuricen su trabajo técnico. No olvidemos que ahora sesionará exclusivamente en pleno.

En el caso del Tribunal de Disciplina Judicial, así como en el Órgano de Administración Judicial, los asuntos en trámite no son pocos y requieren de una atención altamente especializada. Las investigaciones, los procedimientos administrativos disciplinarios, los procesos de adquisición, la ejecución de los contratos, las auditorías y las adscripciones jurisdiccionales son parte de la agenda por atender.

Los pasos por dar en los siguientes días por el Poder Judicial de la Federación serán estratégicos y pudieran marcar el futuro de la reforma judicial.

Temas:

    X