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Izquierda, no; neopriismo, sí

Jorge Camargo

Jorge Camargo

¿Puede existir una izquierda que gobierne de la mano —o bajo la mano— de las Fuerzas Armadas?, es la pregunta que nos lleva directamente a una conclusión, el lopezobradorismo ha permitido que los militares espíen funcionarios estadunidenses, ciudadanos, periodistas, luchadores sociales, feministas, diputados y senadores, antes que combatir a la delincuencia con la que han sido condescendientes por instrucción presidencial.

No, el lopezobradorismo no es de izquierda, sino una versión del PRI más populista y arbitraria en lo que se refiere al respeto al Estado de derecho.

Hoy no sabemos si el Ejército fue autorizado por el neopriismo para realizar espionaje o si le mintió al Presidente. Esto último hablaría de que la milicia ha cruzado los límites legales.

Tampoco existe registro de que se haya solicitado a jueces federales la autorización para intervenciones telefónicas que, en todo caso, corresponde a la Fiscalía General, la cual debería acreditar que todos los espiados forman parte de la delincuencia organizada –hasta el embajador de EU–.

El artículo 8º de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada le reserva a la FGR la facultad de solicitar las intervenciones a la autoridad jurisdiccional.

“La unidad especializada contará con un cuerpo técnico de control que ejecutará los mandatos de la autoridad judicial que autoricen las intervenciones de comunicaciones privadas y verificará la autenticidad de sus resultados; establecerá lineamientos sobre las características de los aparatos, equipos y sistemas a autorizar, así como sobre la guarda, conservación, mantenimiento y uso de los mismos”.

Además, se debe expresar el objeto y necesidad de la intervención. Y el Ministerio Público es responsable de que se realice en los términos de la resolución judicial.

El artículo 17º obliga a fundar y motivar, “precisar la persona o personas que serán sujetas a la medida; la identificación del lugar o

lugares donde se realizará, si fuere posible; el tipo de comunicación a ser intervenida, su duración; el proceso que se llevará a cabo y las líneas, números o aparatos que serán intervenidos y, en su caso, la

denominación de la empresa concesionaria del servicio de telecomunicaciones a través del cual se realiza la comunicación objeto de la intervención”.

El artículo 16º de la Constitución garantiza que las comunicaciones privadas son inviolables y que se sancionará penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y privacía de las mismas, excepto cuando sean aportadas de forma voluntaria por alguno de los particulares que participen en ellas.

Exclusivamente, la autoridad judicial federal, a petición de la autoridad federal que faculte la ley o del titular del Ministerio Público de la entidad federativa correspondiente, podrá autorizar la intervención de cualquier comunicación privada.

Estamos ante una violación grave a la Constitución y a los derechos humanos de los espiados, y el mandato es proceder penalmente. Si un miembro del alto mando lo autorizó, debe ser llevado a tribunales del orden civil.

El Presidente no ha salido al paso ante el cuestionamiento de los periodistas. ¿Sabía? —implicaría delito— o ¿no le notificaron? —otro delito de insubordinación—.

Las izquierdas gobernantes en América Latina regresaron a la milicia a sus cuarteles, pero el neopriismo lopezobradorista cambió esa dinámica por razones que pronto sabremos.

Lo que es un hecho es que las filtraciones de los archivos de la Sedena reportan la vinculación de Morena con el narcotráfico. Incluido un secretario de Estado.

Si eso lo ha registrado la Sedena, imagine usted lo que no sabe la DEA estadunidense.

Reveladora la entrevista del director de Excélsior, Pascal Beltrán del Río, a Tatiana Clouthier, que evidencia el disenso por la militarización. Congruencia.

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