El juicio de los expresidentes

¿Cuánto importan las opiniones de los exmandatarios? ¿Deberían importar? Supongo que depende del caso que se trate, por un lado, y de lo que afirmen, por el otro. Por ejemplo, el pasado 21 de abril, el expresidente estadunidense Al Gore alertó en un evento sobre cambio ...

¿Cuánto importan las opiniones de los exmandatarios? ¿Deberían importar? Supongo que depende del caso que se trate, por un lado, y de lo que afirmen, por el otro.

Por ejemplo, el pasado 21 de abril, el expresidente estadunidense Al Gore alertó en un evento sobre cambio climático en San Francisco, que la “Constitución, escrita por nuestros fundadores, está diseñada para protegernos de una amenaza idéntica a la de Trump, alguien que busca poder a toda costa” y que “intenta crear su versión preferida de la realidad”.

El público le aplaudió de inmediato. Añadió que: “Ya hemos visto cómo los líderes populistas autoritarios han utilizado a los migrantes como chivos expiatorios y han avivado la xenofobia para facilitar su propio ascenso al poder”. En 2021, el expresidente republicano George W. Bush también criticó al actual mandatario que apenas cumplió 100 días en su segunda gestión.

Esta misma semana, la presidenta Claudia Sheinbaum se ha enfrascado en un interesante debate con el expresidente Ernesto Zedillo, quien ha criticado con gran severidad la reforma judicial y el proceso electoral en marcha, entre otras cosas. La respuesta presidencial ha sido que Zedillo no tiene “autoridad moral” para evaluar el deterioro democrático del país. ¿Quién tiene razón?

Vale la pena un breve recuento histórico. Cuando Ernesto Zedillo rindió protesta al cargo presidencial el 1 de diciembre de 1994, él mismo reconoció que su triunfo había sido “legal, pero no legítimo”. Ese mismo día convocó a los partidos políticos para negociar una “reforma electoral definitiva” para que las elecciones en México fueran legales, legítimas y confiables.

De tales negociaciones surgió el diseño constitucional del IFE, ahora INE, y una reforma electoral cuyos acuerdos básicos han sobrevivido desde entonces. En 1997, el partido hegemónico perdería por primera vez la mayoría en San Lázaro, la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México y en el año 2000 la presidencia. Su sexenio comenzó con una grave crisis política y económica, pero terminó con un mejor crecimiento económico y la primera alternancia en el poder.

En diciembre de 1994 también se aprobó una reforma constitucional en materia judicial de gran calado, misma que removió a todos los integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. ¿Acaso la reforma judicial de 1994 es comparable a la reforma que está en marcha? Veamos.

La reforma judicial de 1994 contó con el apoyo de una parte de la oposición —el PRI no tenía mayoría calificada en San Lázaro—, mientras que la de 2024 se aprobó sin éste. Aunque ambas reformas removieron a todo el pleno de la SCJN, la de 2024 destituyó a todos los jueces y magistrados del país.

La reforma de 1994 resultó en un mejor mecanismo de designación de ministros que el previo: el Ejecutivo propondría ternas para cada vacante, buscando la aprobación por mayoría calificada del Senado. Al menos siete de 11 ministros contaron con cierto apoyo de la oposición: a aquella nueva Corte llegó Genaro Góngora y Olga Sánchez Cordero, por ejemplo.

El mecanismo no era perfecto, sin duda: más tarde llegarían perfiles como Medina Mora, Zaldívar y Batres. Sin embargo, la reforma produciría una renovación escalonada de la Corte, de modo que ningún presidente o ninguna Legislatura pudiera hacerse de una mayoría en el pleno.

En contraste, con gran probabilidad, la reforma en marcha producirá una Corte y un Poder Judicial a modo para el partido en el gobierno por la sencilla razón de que el Ejecutivo y Legislativo aprobaron dos tercios de las candidaturas.

En tercer lugar, la reforma judicial de 1994 dotó de mayores atribuciones y mejores mecanismos de control constitucional a la Corte para que pudiera actuar como contrapeso al poder Ejecutivo y Legislativo: se crearon las figuras de controversia constitucional y acción de inconstitucionalidad. A los pocos años, la Suprema Corte afianzó su autonomía e independencia fallando en contra del Ejecutivo en no pocas ocasiones.

La reforma judicial de 1994 puede ser evaluada de distintas maneras. La reforma de 2024 es regresiva desde su origen.

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