Veracruz aprueba sancionar la cohabitación forzada de menores con hasta 15 años de cárcel
Veracruz salió de la lista de 25 entidades del país que mantenían un vacío legal frente al matrimonio infantil y las uniones tempranas

Veracruz salió de la lista de 25 entidades del país que mantenían un vacío legal frente al matrimonio infantil y las uniones tempranas.
El Congreso del Estado aprobó este martes incorporar el delito de cohabitación forzada al Código Penal estatal, estableciendo penas de 8 a 15 años de prisión y multas de mil a 2 mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) para quienes incurran o promuevan esta práctica.
Con la adición del artículo 190 Octodecies, la legislación veracruzana sancionará a cualquier persona que obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a un menor de 18 años a sostener una unión informal o consuetudinaria equivalente al matrimonio.
La norma específica que la conducta será punible independientemente de si existe o no el aparente consentimiento de la víctima y sin importar si la convivencia se impone con un adulto o con otra persona menor de edad.
A pesar de que el matrimonio infantil fue prohibido en México a nivel civil en 2019 y tipificado en el Código Penal Federal en 2023, la mayoría de las entidades federativas continuaban sin castigar penalmente las uniones informales.
Hasta antes de esta reforma, únicamente siete estados —Campeche, Estado de México, Guerrero, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí y Tamaulipas— contaban con este delito en su marco jurídico.
Durante el debate en la tribuna del Congreso local, los legisladores subrayaron la urgencia de erradicar inercias culturales y sociales que vulneran el interés superior de la niñez, especialmente en una entidad donde la tasa de fecundidad en menores se sitúa en 9.8 por cada mil, por encima de la media nacional, con una incidencia crítica en niñas de 10 a 14 años.
La aprobación contó con el respaldo de las distintas fuerzas políticas representadas en el Congreso local; la diputada Elizabeth Morales, del Partido del Trabajo, dijo que las leyes deben responder a la realidad de las comunidades.
"Prohibir el matrimonio infantil pierde parte de su eficacia si permitimos que una niña o una adolescente sea colocada prácticamente en la misma situación únicamente bajo otra forma de convivencia.", dijo en Tribuna.
Por su parte, la diputada Indira Jesús Rosales San Román (PAN) advirtió sobre la necesidad de hacer efectiva la reforma frente a los usos y costumbres locales, solicitando notificar de inmediato a las autoridades de primer contacto:
"Es importante que el marco legal se encuentre ya dentro del Código Penal. Sin embargo, es más importante que se aplique en el día a día (...) y es ahí donde se vuelve fundamental la labor de cada uno de los DIF municipales"
En tanto, la diputada Liud Herrera Félix (Morena) remarcó el mensaje que envía el Poder Legislativo frente a la violencia contra la infancia: "En Veracruz la infancia no se negocia, la infancia no se entrega y la infancia no se obliga. Nuestras niñas, niños y adolescentes tienen derecho a estudiar, a jugar, a crecer libres de violencia."
Con esta modificación, el marco penal de Veracruz se armoniza con la legislación federal y se alinea con las metas de la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para eliminar el matrimonio infantil, precoz y forzado.
La reforma entrará en vigor tras su publicación en la Gaceta Oficial del Estado, momento en el cual los órganos de procuración de justicia y las redes de protección infantil municipales deberán comenzar la difusión y aplicación del nuevo tipo penal.