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Nacional

Suprema Corte invalida primera parte del plan B; Esquivel y Ortiz defendieron los cambios

Nueve ministros consideraron que, en la aprobación de la reforma electoral, los legisladores violaron de forma grave el procedimiento y la discusión democrática

David Vicenteño | 09-05-2023
Con 9 votos en contra por parte de ministros de la Suprrema Corte fueron invalidadas las refor-mas a las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas. Foto: Cuartoscuro
Con 9 votos en contra por parte de ministros de la Suprrema Corte fueron invalidadas las refor-mas a las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas. Foto: Cuartoscuro

Por violaciones graves al procedimiento legislativo, la mayoría del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la primera parte del llamado plan B de la reforma electoral.

Con una votación de nueve ministros contra dos —de Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf—, el máximo tribunal tiró las modificaciones efectuadas a las leyes generales de Comunicación Social (LGCS) y de Responsabilidades Administrativas (LGRA).

Los ministros que votaron a favor de anular los cambios argumentaron que la premura en la aprobación, con dispensa de trámites, impidió la deliberación parlamentaria.

Un trámite de urgencia se caracteriza por su expeditez, por tener procedimientos abreviados y conceder dispensas a la lectura de diversos documentos; sin embargo… no es un permiso para aprobar leyes a tientas”, indicó el ministro Alberto Pérez Dayán, ponente del proyecto.

La primera parte del plan B electoral, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 27 de diciembre, permitía a los servidores públicos difundir logros, programas y obras de sus gobiernos en procesos electorales, sin ser sancionados, entre otros puntos relativos a comunicación social y propaganda gubernamental.

La aplicación de la reforma había sido suspendida por el ministro Pérez Dayán para los procesos de este año en el Estado de México y Coahuila. 

 

“QUERÍAN PERVERTIR LEYES DEMOCRÁTICAS”

Con una votación de 9 votos contra 2, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el decreto de reformas a las leyes generales de Comunicación Social (LGCS) y de Responsabilidades Administrativas (LGRA), que integran la primera parte del llamado plan B de la reforma electoral.

Los ministros del máximo tribunal consideraron que, de manera grave, se violaron el procedimiento legislativo y la discusión democrática al momento de aprobar, “con premura”, las iniciativas de ambas leyes.

Las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf fueron las únicas que votaron en contra del proyecto elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán, lo que implicó un nuevo revés para el proyecto de la reforma electoral planteado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

Al exponer su proyecto, el ministro ponente afirmó que la facultad que tienen los legisladores para resolver asuntos con urgente y obvia resolución no es un permiso para aprobar leyes sin conocerlas.

Un trámite de urgencia se caracteriza por su expeditez, por tener procedimientos abreviados y conceder dispensas a la lectura de diversos documentos; sin embargo, ello no lleva a aceptar también del desconocimiento y falta de información de la materia de aquello cuyo trámite se dispensa, no es un permiso para aprobar leyes a tientas”, indicó el ministro Pérez Dayán.

El conjunto de vicios y yerros en la función legislativa son de tal magnitud, que acarrean como consecuencia lo que yo llamaría una perversión de las reglas democráticas”, afirmó el ministro Luis María Aguilar Morales, al exponer los argumentos de su voto.

Durante la sesión, se esperaba el sentido del voto del ministro Arturo Zaldívar, expresidente de la SCJN, luego de que en otras votaciones ha apoyado proyectos legales de la presente administración; sin embargo, también criticó la forma como aprobaron ambas leyes, en diciembre del año pasado.

Me parece que sí existieron violaciones al procedimiento legislativo, que afectaron grandemente y de manera determinante la deliberación democrática de las normas que se están impugnando”, afirmó  Zaldívar.

El expresidente de la Corte agregó que la premura en la que se realizó la votación de las leyes impugnadas generó un efecto corruptor en el proceso legislativo.

Me parece clarísimo que la premura en que se llevan a cabo todos los supuestos que hay que verlos en conjunto, me parece que se genera una especie de efecto corruptor en el procedimiento legislativo que me hacen votar, conforme he votado en precedentes, por la invalidez total de este decreto y en el sentido del proyecto”, dijo el ministro Zaldívar al manifestar su acuerdo con el proyecto.

El pleno de la SCJN aprobó el proyecto de las acciones de inconstitucionalidad 23/2023 y sus acumuladas, promovidas por los partidos políticos de la Revolución Democrática (PRD), Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), diversos integrantes de la 65 Legislatura del Congreso de la Unión, el partido político Movimiento Ciudadano (MC) y el partido político del Estado de Jalisco “Hagamos”.

En ellas, se demandó la invalidez del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de las LGCS y LGRA, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de 27 de diciembre de 2022.

Al presentar el sentido de su voto, la ministra Margarita Ríos Farjat afirmó que la SCJN está para hacer cumplir la Constitución, y sus integrantes se deben mantener serenos ante infundios y rumores.

Esta Suprema Corte está para servir a la sociedad haciendo cumplir la Constitución y las leyes que de ella emanen. En mi opinión, sus integrantes procuramos hacerlo, dentro del marco que la propia Constitución nos impone, conforme a nuestro leal saber y entender, y con alto espíritu de servicio. Me parece que ahí radica no sólo el equilibrio de los poderes de la Unión, sino también nuestra serenidad frente a infundios y rumores.

Norma Piña Hernández afirmó que el trámite precipitado de ambas leyes, por parte del Congreso de la Unión, impidió la deliberación parlamentaria.

Esta situación de desconocimiento de lo que se votará, al igual que el trámite urgente del proceso legislativo, son causas invalidantes del procedimiento legislativo.

EN CONTRA

La ministra Esquivel Mossa se pronunció por no sólo analizar los formalismos de proceso legislativo, sino también las leyes que se estaban impugnando.

No sólo estoy en contra de la invalidez del procedimiento legislativo que se propone, sino sobre todo, en contra de la falta de estudio de los demás temas planteados en las demandas.

La ministra Ortiz Ahl dijo: “En la fase del procedimiento legislativo, en este caso, adquiere especial relevancia el principio de economía procesal, que apunta la necesidad de no reponer innecesariamente las etapas procesales, cuando ello no redundaría en un cambio sustancial en la voluntad parlamentaria expresada.

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Ayer por la tarde, la Corte notificó a los legisladores de oposición que resolvió a su favor en la impugnación presentada contra la primera parte del plan B electoral.

En el resolutivo, indicó que la acción de inconstitucionalidad promovida por diputados y senadores opositores se consideró procedente, por lo que se declaró la invalidez del decreto publicado en diciembre pasado.

 

SIGUE EN SUSPENSO LA DECISIÓN DE LA PARTE 2

El proyecto para resolver la segunda parte del denominado plan B de la reforma electoral está en proceso de instrucción, en la ponencia del ministro Javier Laynez Potisek, y no se ve afectado por la invalidación que resolvió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a la primera parte, informaron fuentes de organismo autónomo.

El decreto de la segunda parte del plan B fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 2 de marzo del presente año, y está integrado por la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y se expidió la Ley General de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

Al dar admisión a trámite, a finales de marzo, el ministro ponente concedió la suspensión indefinida al Instituto Nacional Electoral (INE), que presentó la controversia constitucional, al verse afectada su estructura y operación con las reformas aprobadas.

Posteriormente, la SCJN admitió a  trámite dos recursos de reclamación contra de esa suspensión, el 123/2023-CA asignado a la ministra Yasmín Esquivel Mossa, y el recurso 122/2023, que quedó a cargo del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá.

Ante la petición del INE, será en el Pleno del Máximo Tribunal en donde se resuelva si la suspensión indefinida otorgada por el ministro Laynez Potisek se mantiene o no.

La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal (CJEF) también presentó dos recursos de reclamación sobre el mismo asunto, pero en los que únicamente se impugna la suspensión de las reformas a las leyes electorales.

 

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