SCJN matiza criterio sobre consultas a personas con discapacidad en leyes
El Pleno de la SCJN modificó una postura de más de una década para evitar vacíos legales que afecten el acceso al trabajo de personas con discapacidad.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó de manera parcial normas relacionadas con el tema de discapacidad, matizando, de esta forma, el criterio de invalidar por completo leyes o reglamentos impugnados cuando no se haya realizado una consulta a personas afectadas por alguna condición.
En la sesión de este martes se resolvió la acción de inconstitucionalidad 104/2022, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en la que se demandó la invalidez de los artículos 35 de la Ley de los Derechos de las Personas con Discapacidad y 205 Bis del Código Municipal, ambos del estado de Tamaulipas.
Estas normas establecen que se debe reservar el tres por ciento de las plazas en los gobiernos municipales para personas con discapacidad; sin embargo, se debían elaborar “certificados de capacidad” para desempeñar sus funciones.
El criterio establecido por más de una década en la SCJN consideraba que, si los congresos locales no habían realizado una consulta pública entre la población relacionada con alguna ley, esta sería invalidada en su totalidad.
En la sesión de este martes, el proyecto del ministro Arístides Guerrero García planteó una invalidación diferida de la reforma aprobada por el Congreso tamaulipeco, para no afectar a la población.
Por lo que se refiere a la reserva de al menos tres por ciento de los empleos públicos para personas con discapacidad, se resolvió dar un plazo de 12 meses a los legisladores para realizar la consulta, antes de que la norma pierda vigencia, sin que se pierda la oportunidad de un empleo para este sector de la población en caso de que se hubiera declarado su invalidez inmediata.
En donde sí se resolvió dejar sin validez fue en las fracciones relacionadas con la obligación de presentar los “certificados de capacidad”, al ser considerados discriminatorios por representar una carga adicional sin justificación objetiva y razonable.
Para la revisión de este tipo de asuntos, la SCJN frenó este año su revisión para realizar consultas públicas en las que se escuchó a personas con discapacidad y expertos.
En la sesión, la ministra Loretta Ortiz Ahlf explicó que ella forma parte del sector de la población con discapacidad y mostró su implante coclear, con el que ha superado una sordera parcial.