PAN presenta acción de inconstitucionalidad contra ley de ciberacoso de Puebla

Acción Nacional aseguró que busca que se elabore una ley que no penalice la crítica periodística ni el debate ciudadano.

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Ciberacoso

El PAN presentó ante el Poder Judicial de la Federación en la Ciudad de México una acción de inconstitucionalidad en contra de la Ley de Ciberacoso de Puebla, a la cual calificó como Ley Censura.

Concretamente, se impugnó el Artículo 480 de dicha legislación local, la cual establece el delito de "asedio digital", que sería aplicable a periodistas o ciudadanos que publiquen en redes sociales críticas o memes contra funcionarios públicos.

El PAN y organizaciones civiles insistieron en que la única vía para salvaguardar la libertad de expresión, consagrada en el Artículo Sexto Constitucional, es abrogando por completo el Artículo 480 y elaborar una ley específica contra el acoso digital que no penalice la crítica periodística ni el debate ciudadano.

De la misma manera, Acción Nacional pondrá a disposición de la ciudadanía de Puebla un formato de juicio de amparo para que los ciudadanos puedan ampararse ante el artículo en cuestión.

El dirigente nacional del PAN, Jorge Romero, acompañado de liderazgos nacionales y locales del PAN, y del jurista Luis Enrique Sánchez, presentó la impugnación ante el Poder Judicial, y dijo que esta ley local en Puebla forma parte de un grupo de ordenamientos que impulsa Morena para censurar y espiar a los ciudadanos, a los que denominó "Leyes del Bienespiar".

"Nosotros estamos combatiendo esta Ley Censura por esta acción de inconstitucionalidad, pero habremos de combatir también la Ley Censura y las Leyes Espía, o como magníficamente dijera el diputado Federico Döring, las Leyes del Bienespiar.

"Habremos de combatirlas por dos medios: por la acción de inconstitucionalidad, pero ambas por un amparo universal que está redactando Acción Nacional y al que convocamos a millones de personas a que lo firmen, es decir, le decimos a los ciudadanos: tú también tienes el derecho de ampararte", apuntó.

En el caso de la Ley de Ciberacoso en Puebla, por faltas al Artículo 480, se establece que la acción penal se ejercerá a petición de parte del presunto afectado, salvo cuando se trate de menores o personas con discapacidad.

Las sanciones se mantienen en once meses a tres años de prisión y multa de 50 a 300 UMAs, punto que el PAN calificó de "desproporcionado" y regresivo. 

vjcm