Foro Penal recibe con cautela la ley de amnistía anunciada por Delcy Rodríguez
La ONG advierte que la amnistía debe respetar la Constitución, excluir crímenes de lesa humanidad y garantizar derechos de víctimas

La ONG venezolana Foro Penal, especializada en el seguimiento de la situación de los presos políticos en el país, recibió “con optimismo, pero con cautela” la ley de amnistía anunciada por la presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, y exigió garantías para asegurar que la propuesta contribuya a la reconciliación nacional y a la no repetición de las vulneraciones de derechos humanos que le dieron origen.
La organización consideró la amnistía como un “mecanismo jurídico, político y social necesario para el logro de la reconciliación, la justicia y la paz nacional”, y sostuvo que debe sustentarse y formularse con base en los principios que la rigen tanto a nivel nacional como internacional, definiendo de forma clara su alcance conforme a la Constitución de Venezuela.
Límites constitucionales y garantías jurídicas
En esta línea, Foro Penal recordó el artículo 29 de la Carta Magna, que “prohíbe expresamente que la amnistía favorezca o incluya a quienes hayan cometido violaciones a los derechos humanos o crímenes de lesa humanidad”, y pidió el respeto irrestricto a los principios de libertad y favorabilidad, evitando que cualquier duda sobre la aplicación de la amnistía sea resuelta de manera desfavorable al preso o al perseguido político.

El pronunciamiento subraya que estos límites constitucionales están alineados con los compromisos internacionales asumidos por Venezuela y con la necesidad de evitar mecanismos de impunidad frente a violaciones graves de derechos humanos.
Participación de víctimas y acompañamiento internacional
Además, para certificar que el proyecto “realmente responde a los retos que impone este momento político”, la ONG reclamó la participación activa de la sociedad civil, de las organizaciones de derechos humanos y, muy especialmente, de las víctimas de la prisión y persecución política en su redacción, aplicación y seguimiento.
Este planteamiento, matiza la nota, pasa por “apoyarse” en los organismos internacionales de protección de los derechos humanos, haciendo valer los pronunciamientos, opiniones, decisiones y recomendaciones dictadas sobre los casos de presos y perseguidos políticos de Venezuela a lo largo de los últimos años.
Excarcelaciones y contexto político
Foro Penal solicitó también que se continúe con el proceso de excarcelación de los más de 700 presos políticos que aún permanecen arbitrariamente privados de libertad, mientras se discute y aprueba la mencionada ley.
Rodríguez anunció apenas unas horas antes “una ley de amnistía general que cubra todo el periodo de violencia política de 1999 al presente”, en medio de las excarcelaciones registradas tras la captura del presidente Nicolás Maduro, que las ONG cifran ya en más de 700 personas.
La ley, que según la mandataria contaría con el respaldo de Maduro, aspira a “reparar las heridas que ha dejado la confrontación política desde la violencia” y el “extremismo”, así como a reencauzar la justicia y la convivencia en el país sudamericano.

Foro Penal elevó este jueves a más de 700 el número de presos políticos excarcelados desde que comenzó la última oleada de liberaciones, el pasado 8 de enero, aunque denunció que aún existen más de 11 mil personas con restricciones “arbitrarias” a su libertad.
Trayectoria y respaldo internacional de Foro Penal
Foro Penal es una organización no gubernamental fundada en 2002, reconocida internacionalmente por su labor de documentación de detenciones arbitrarias en Venezuela. Sus registros han sido citados por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
De acuerdo con los informes públicos más recientes de la propia ONG, desde 2014 ha documentado más de 15 mil detenciones con motivación política, de las cuales una parte significativa derivó en medidas cautelares sustitutivas, como presentaciones periódicas o prohibiciones de salida del país.
El artículo 29 de la Constitución venezolana, citado por Foro Penal, establece de forma expresa la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad y la prohibición de amnistías o indultos en estos casos, en consonancia con tratados internacionales suscritos por Venezuela, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Asimismo, organismos internacionales han señalado patrones de violaciones graves de derechos humanos que, conforme al derecho internacional, no pueden ser objeto de amnistía, lo que contextualiza las exigencias de garantías y participación de las víctimas planteadas por la ONG.
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