Nuevas medidas a bicicletas eléctricas en CDMX: Placas y tarjeta de circulación
Aquellas bicicletas eléctricas que rebasen la velocidad de 25 kilómetros por hora serán consideradas como motos eléctricas en la CDMX.

Aquellas bicicletas eléctricas que rebasen la velocidad de 25 kilómetros por hora serán consideradas como motos eléctricas en la Ciudad de México (CDMX) y, por lo tanto, deberán cumplir con una serie de medidas que fueron anunciadas por autoridades capitalinas.
La jefa de gobierno, Clara Brugada, anunció las nuevas medidas con la que se pretende garantizar la seguridad vial, así como poner orden al tránsito y la protección al medio ambiente.
La mandataria capitalina señaló que de los accidentes de tránsito, el 49% corresponde a los usuarios de motos, razón por la que se van a adecuar las leyes para tener un mejor control, sobre todo de los vehículos no motorizados que han crecido últimamente.
Regulación de bicicletas eléctricas en CDMX

Respecto a las bicicletas eléctricas en la CDMX, Brugada señaló que las que tienen una velocidad mayor a 25 km/h son consideradas ya motos eléctricas.
En este caso, dijo, los conductores de estos vehículos, deben sujetarse a las normas generales de la circulación vehículos; lo mismo que un coche o moto de combustión.
Refirió que, en este caso:
- No podrán circular por vías ciclistas, ciclovias o carriles confinados
- No podrán desplazarse banquetas ni en cualquier otra zona confinada
Además:
- Deberán portar placa
- Tarjeta de circulación
- Casco
- Ir con luces encendidas
Así como las demás reglas que aplican a motocicletas de combustión interna.
Patines y scooters

En caso de patines y scooters, Brugada señaló que se les considera vehículos no motorizado y deben ajustarse a reglamentos que dictan ya sobre este tipo de vehículos.
Destacó que estos vehículos no motorizados se les considera a aquellos que tienen pedaleo asistido, motor eléctrico y van a una velocidad máxima de 25 km/h.
Los vehículos no motorizados, resaltó, deben avanzar en donde existen ciclovias, indicar sus cambios de carril por señales y en caso de que las calles no haya infraestructura ciclista, utilizar el carril derecho.
Los no motorizados no pueden circular por banquetas o zonas peatonales, ni por el carril exclusivo del transporte público, además de que no deben meterse en zonas reservadas para el tránsito de peatones”, aseveró.
Sin endurecimiento a vehículos no motorizados
Clara Brugada dejó en claro que no se pretenden endurecer las sanciones a los conductores de bicicletas, siempre y cuando cumplan con el reglamento y sean consideradas como vehículos no motorizados.
En esta línea, dijo que pretende que la CDMX se convierta en una ciudad bicicletera y por lo tanto se debe incentivar su uso.
*mvg*
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