El ahorro de la Afore sí es heredable, pero ¿quién es el beneficiario?
El dinero que el trabajador fallecido tenía en su cuenta de Afore sí es heredable, mientras seas el beneficiario ese monto pasará a ser parte de tu patrimonio

CIUDAD DE MÉXICO.- Después del fallecimiento de un ser querido; los gastos más apremiantes y los días más tristes, es momento de revisar los beneficios legales de sus herederos… es ahí cuando surge la pregunta si el ahorro de la Aforo es heredable.
El dinero que el fallecido tenía en su cuenta de Afore sí es heredable, es decir, mientras seas el beneficiario ese monto pasará a ser parte de tu patrimonio, por lo que podrás disponer de los recursos ahorrados en su cuenta una vez que hagas el trámite.
Ello, siempre que el beneficiario cuente con las condiciones que establecen las leyes de seguridad social, aplicables tanto a trabajadores del ISSSTE como del IMSS.
¿Quiénes son los beneficiarios de la Afore?
Beneficiarios legales: el viudo o viuda que dependía económicamente del trabajador fallecido; los hijos menores de 16 años o aquellos hijos menores de 25 años que no pueden mantenerse por trabajo propio o están estudiando. Los padres, siempre que hayan vivido con el trabajador y en su caso la concubina o concubinario.
Beneficiarios sustitutos: Aplican únicamente a falta de los beneficiarios legales, son quienes tienen elementos para solicitar a un juez que los designe.
Para ello, deben acudir con un abogado al Tribunal o a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que emitirá el fallo correspondiente, dependiendo de la institución a la que cotizaba la personas fallecida.
¿Qué se requiere para hacer el trámite de recuperación de la Afore?
Para recuperar el dinero que el trabajador fallecido tenía en su cuenta de ahorro, es indispensable contar con un abogado, de no contar con uno la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo te puede asignar uno de forma gratuita al llamar al 01 800 717 29 42.
Además se debe conocer la aforo en donde el trabajador estaba afiliado, así como los requisitos específicos a cumplir para solicitar el saldo de la cuenta.
El plazo para hacer el trámite es de 10 años y en caso de no hacerse ese dinero pasa automáticamente al IMSS o al ISSSTE
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La Unidad Especializada de Atención al Público de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) brinda asesoría gratuita para la realización de estos trámites, así como el retiro total o parcial del dinero.
Puedes obtener mayor información al llamar al número 01 800 50 00 747 o consultar la página www.consar.gob.mx
Encuentra información precisa sobre Ciudad de México en Comunidad.
¿Estás por hacer un trámite? Consulta aquí costos y requisitos.
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