Relleno de tanques de gas LP se generaliza en la ciudad

Esta práctica no sólo ocurre en Azcapotzalco y Xochimilco sino que también se ha extendido a Tláhuac e Iztapalapa 

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CIUDAD DE MÉXICO

El relleno de tanques de gas L.P. es una práctica ilegal común en la Ciudad de México, pues no solo ocurre en Azcapotzalco, sino en Iztapalapa y Tláhuac.

Una de las compañías que incurre en esta ilegalidad es “Mexicana de Gas” ubicada en avenida Tláhuac 2282 colonia Los Olivos. Este diario se dio a la tarea de llamar vía telefónica al número 55 5850 7223 que se proporciona esta empresa en el sitio web “Combustibles en México” para preguntar si otorgaban el servicio de llenado de tanques L.P. a lo cual el empleado respondió que sí.

La compañía “Mexicana de Gas” también estaría involucrada en la distribución de gas L.P. de manera clandestina en Xochimilco, pues a través del oficio XOCH13-120/315/2017 esta delegación denunció la presencia de una pipa propiedad de la citada empresa resguardada por tres motociclistas en el kilómetro 16 del pueblo San Gregorio Atlapulco.

Otra de las pruebas de que esta práctica es común en todo el territorio capitalino, es la estación de carburación ubicada en Avenida Tláhuac 4668 Barrio Los Reyes de la empresa “Medrano Ibáñez Francisco Javier” dedicada a la compra y venta de gas.

En este sitio el ejercicio es igual de peligroso que en otras estaciones pues los tanques son almacenados en las cajuelas de los vehículos de los clientes, quedando expuestos a golpes y desplazamientos que podrían provocar la masiva explosión del recipiente.

En medio del predio se encuentra una panadería y a no más de 100 metros existe una gasolinera, así como una decena de comercios diversos a la redonda, lo cual expone las vidas de los que ahí laboran.

Excélsior dio a conocer que el llenado de cilindros también se realiza en las sucursales de Unigas ubicadas en Eje 3 Norte Tochtli número 267, colonia Santa Lucía; así como en avenida Azcapotzalco-La Villa esquina con Norte 59, ambas en la delegación Azcapotzalco.

Esta práctica viola las NOM- 009-SESH-2011 y NOM-007- SESH-2010, que señalan que las instalaciones de carburación sólo pueden proveer el combustible a los vehículos que usen gas y transportar los recipientes de manera horizontal.

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