Congreso de CDMX analiza permitir animales de compañía en transporte público

El Congreso de la Ciudad de México analiza reformar el artículo 80 de la Ley de Movilidad para autorizar el acceso y traslado de personas junto a sus animales de compañía.

La iniciativa será analizada y discutida por las comisiones correspondientes del Congreso capitalino antes de ser sometida a votación en el Pleno.Especial

El Congreso de la Ciudad de México analiza una iniciativa para que las personas puedan ingresar y trasladarse con sus animales de compañía en los distintos sistemas de transporte público de la capital.

La propuesta plantea adicionar un cuarto párrafo al artículo 80 de la Ley de Movilidad para establecer de manera expresa que los prestadores del servicio público de transporte de pasajeros deberán permitir el acceso y traslado de personas acompañadas de sus animales de compañía.

De aprobarse la reforma, la medida aplicaría para los diferentes sistemas de transporte sujetos a la Ley de Movilidad, entre ellos el Metro, Metrobús, Cablebús, Red de Transporte de Pasajeros (RTP), Transportes Eléctricos y el transporte concesionado, incluidos los microbuses.

El proyecto señala que las condiciones para el ingreso, permanencia y traslado de los animales deberán garantizar la seguridad de las personas usuarias, la higiene, el bienestar animal y la correcta operación del servicio.

La iniciativa establece que la ley no definirá de forma específica cómo deberán viajar los animales en cada sistema de transporte, debido a que cada modalidad cuenta con características técnicas y operativas distintas. En su lugar, esas disposiciones serán determinadas mediante el Reglamento de la Ley de Movilidad y por los lineamientos particulares de cada organismo operador.

El proyecto contempla un proceso de implementación en dos etapas. En primer lugar, la Jefatura de Gobierno, a través de la Secretaría de Movilidad (Semovi), dispondrá de un plazo de 180 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del decreto, para adecuar el Reglamento de la Ley de Movilidad y establecer las condiciones generales de acceso, permanencia y traslado.

Posteriormente, los organismos públicos y prestadores del servicio tendrán 90 días naturales adicionales para actualizar sus disposiciones administrativas, manuales, lineamientos, protocolos y demás instrumentos necesarios para hacer efectiva la medida.

De acuerdo con la propuesta, la reforma busca sustituir los criterios dispersos que actualmente existen en los distintos sistemas de transporte por un esquema uniforme y obligatorio, en el que la ley reconozca el derecho de acceso, el reglamento establezca las condiciones generales y cada sistema defina las reglas específicas para su aplicación.

La iniciativa será analizada y discutida por las comisiones correspondientes del Congreso capitalino antes de ser sometida a votación en el Pleno.