Democracia incluyente en Oaxaca
Las mujeres a través de su ejercicio ciudadano podrán definir los resultados de esta elección.
Iliana Araceli Hernández Gómez*
Desde 1974 quedó plasmado en la Constitución mexicana el artículo cuarto que establece: “El varón y la mujer son iguales ante la ley”; sin embargo, transformar ésta prescripción jurídica a una realidad fáctica aún es un reto pendiente, considerando las especificidades de éste, “México profundo” como lo denominó Bonfil Batalla.
La igualdad de derechos entre mujeres y hombres también ha sido sustentada en diversos Tratados Internacionales, como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer de Belén Do Pará, así como en diversos documentos en materia de derechos humanos: Declaración y Programa de Acción de Viena, de 1993, que dice: “Los derechos humanos de la mujer y de la niña son parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales”.
Podríamos continuar enunciando diversas expresiones internacionales que dan cuenta de la obligación de los estados, para crear y fortalecer las condiciones que permitan a las mujeres su participación en todas las esferas, en igualdad de condiciones con el hombre. Sin embargo, la democracia y sus formas de gobierno, han permitido y hasta justificado, la exclusión de la participación de las mujeres en el ámbito público y político. Por ello, el principio de igualdad va más allá de sólo establecer acciones protectoras de derechos y pasa necesariamente por acciones afirmativas, efectivas y eficientes, susceptibles de ser evaluadas.
Una de éstas acciones positivas que contribuyen a la participación democrática de las mujeres es el sistema de cuotas. En estos momentos, en el estado de Oaxaca estamos ante un proceso electoral, en el que se eligirán diputaciones locales, y algunas presidencias municipales. Según cifras proporcionadas por el Instituto Estatal Electoral de Participación Ciudadana de Oaxaca, un millón 254 mil 180 hombres y un millón 428 mil 125 mujeres, dando un total de 2 millones 682 mil 305 oaxaqueños conforman la lista nominal electoral definitiva. Dato que confirma la afirmación de que serán las mujeres a través de su ejercicio ciudadano quienes podrán definir los resultados de esta elección.
En cuanto a la asignación de cuotas establecida en el artículo 153 del Código Estatal Electoral, las dos coaliciones existentes y los partidos políticos cumplieron formalmente con el 40% de candidatas mujeres dentro de sus fórmulas en los 25 distritos, con un total de 60 mujeres y 90 hombres; sin embargo, es reducida la posibilidad de que ellas ocupen las curules, ya que sólo en algunos distritos definidos partidistamente se tienen amplias posibilidades de ganar.
La igualdad de la participación política de las mujeres en un ejercicio democrático, que busque romper los desequilibrios de poder, la discriminación y la desigualdad, se tendrá que garantizar a través de procedimientos transparentes, reglas claras, con responsabilidad y en conciencia, sin prestarse al uso de la imagen femenina por los partidos políticos, reproduciendo en muchos casos, los estereotipos femeninos de bondad, dulzura y belleza como los únicos atributos de las mujeres.
*Subprocuradora de delitos contra la mujer por razón de género de la Procuraduría de Justicia del Estado de Oaxaca
