Definición
Como es sabido, en febrero, el gobierno de Estados Unidos designó oficialmente a seis cárteles mexicanos como “organizaciones terroristas extranjeras”, lo cual otorgó a las agencias estadunidenses autoridad legal para: congelar todos los activos de dichas ...
Como es sabido, en febrero, el gobierno de Estados Unidos designó oficialmente a seis cárteles mexicanos como “organizaciones terroristas extranjeras”, lo cual otorgó a las agencias estadunidenses autoridad legal para: congelar todos los activos de dichas organizaciones bajo su jurisdicción o en control de personas o entidades estadunidenses; aumentar la vigilancia y realizar operaciones encubiertas contra los miembros de las mismas, tanto dentro como fuera de su país; y para realizar operaciones militares, incluyendo ataques selectivos (como el uso de drones) contra los líderes o sus infraestructuras, incluso en nuestro territorio, entre otras facultades.
En marzo, también designaron a una organización venezolana y a una pandilla salvadoreña como organizaciones terroristas extranjeras. Hacia principios de septiembre se anunció el primer ataque aéreo contra una embarcación sospechosa de estar participando en el tráfico de drogas, en el sur del Caribe. A partir de ahí, este tipo de operaciones se han ido expandiendo al Pacífico. Al momento, ya se cuentan, al menos, nueve operaciones de este tipo. La última se materializó el domingo pasado, cuando, de acuerdo con las palabras del autodenominado Secretario de Guerra: “por órdenes del mandatario estadunidense, se llevaron cabo dos ataques cinéticos letales contra embarcaciones operadas por Organizaciones Terroristas Designadas”.
Estas acciones han generado tanto rechazo que, la semana pasada, los integrantes del partido demócrata presentaron una iniciativa en el Senado para restringir dichas campañas en aguas internacionales, sin embargo, ésta fue rechazada en una apretada votación en la que los republicanos la desecharon con apenas dos votos de ventaja. Quizá lo más asombroso sea que todo esto surge a raíz de una simple definición o, mejor dicho, a falta de una. Sorprende que no exista una especificación universalmente aceptada de qué es el “terrorismo”. Ni siquiera la ONU cuenta con una descripción jurídica única y vinculante, debido a desacuerdos entre los Estados miembros sobre cuestiones políticas, como el no haber podido llegar a un acuerdo acerca de qué distingue, por ejemplo, al terrorismo de una lucha legítima por la liberación.
El problema estriba en que, sin una definición clara de terrorismo, no se debería de poder acusar siquiera a alguien del delito y mucho menos atribuirle una sentencia correspondiente. Sin embargo, Estados Unidos lo ha hecho, prioritariamente con base en el Título 22 de su Código, que establece que terrorismo: “significa violencia premeditada, políticamente motivada, perpetrada contra objetivos no combatientes por grupos subnacionales o agentes clandestinos, generalmente con la intención de influir en una audiencia”. Lo que llama la atención de esta definición es que, abiertamente, soslaya la posibilidad de que un Estado pudiera cometer actos terroristas, aunque el resto de la descripción encajara a la perfección con algunas de sus acciones militares. El asunto cobra inusitada relevancia, dado que, recientemente, una reputada cadena estadunidense de noticias divulgó que, de acuerdo con funcionarios y exfuncionarios de su gobierno, éste ha estado planeando atacar a líderes y laboratorios de organizaciones consideradas terroristas en nuestro territorio
Propuesta
Desde hace tiempo, y con la invaluable colaboración de algunas generaciones de discentes, hemos elaborado una propuesta de definición comprensiva de lo que podría considerarse como un acto terrorista. Éste sería todo acto de violencia indiscriminada hacia objetivos no calculados ni identificados, aunque acotados al ámbito lógico de su influencia, cuya finalidad, que es la difusión del terror para minar la moral (o el ánimo), vaya más allá de las víctimas principales (sean civiles, o no), con el objetivo de propiciar un cambio político, social, religioso o económico, emanado de razones que podrían incluso ser legítimas, objetables o incomprensibles. Terrorista sería toda aquella persona, organización, institución o Estado que cometiera dichos actos.
