Reforma a las fiscalías

La reforma constitucional de 2008, que modificó sustancialmente al sistema penal mexicano, fue toda una revolución jurídica transformando el anquilosado proceso escrito que durante décadas vivió nuestro país, lo sustituyó el acusatorio y oral que en su denominación ...

La reforma constitucional de 2008, que modificó sustancialmente al sistema penal mexicano, fue toda una revolución jurídica transformando el anquilosado proceso escrito que durante décadas vivió nuestro país, lo sustituyó el acusatorio y oral que en su denominación también es adversarial.

Su instauración previó la declaratoria de cada entidad federativa emitida por cada uno de los congresos estatales donde repudiaban los códigos de procedimientos penales domésticos, y asumieron en el plano republicano el reconocimiento al Código Nacional de Procedimientos Penales como única legislación de aplicación para todo el país. Tal aceptación hizo que todos los operadores del sistema de justicia penal, abogadas y abogados postulantes, policías municipales, estatales y federales, así como quienes fueren primeros respondientes, ministerios públicos, personas juzgadoras, magistradas y magistrados, personal penitenciario y demás instancias relacionadas con el cumplimiento de la norma entraran a una capacitación masiva que incluyó la adecuación de salas de audiencias, desde lo tecnológico hasta cada uno de los distintos procedimientos para cumplir con una nueva era que en nuestro país tuvo una influencia de sistemas probados en Sudamérica, como el caso chileno, inspirado también en el modelo alemán, así como algunos vértices norteamericanos que fueron utilizados entre muchos otros para resolver los miles de procesos que a la fecha se siguen a lo largo y ancho de nuestra nación.

En el 2018, la reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República, antes Procuraduría, también fue parte de ese gran proceso que hizo evolucionar el concepto de procuración de justicia no sólo en la nomenclatura, sino la monopolización de la acción de la justicia penal, con una visión donde la institución del ministerio público amplió sus facultades y atribuciones; se crearon otras figuras con la idea de darle a esa centenaria instancia una dinámica ahora autónoma fuera del alcance de decisiones políticas, sin la supeditación jerárquica del Poder Ejecutivo. Las y los fiscales, federales y locales, elegidos por el Poder Legislativo, innovaron en consecuencia nombramientos transexenales de los titulares a nivel nacional. En algunos casos estatales se han convertido en verdaderos antónimos de la justicia, generando complicidades y yendo en contra del interés general en un contrapeso malentendido, contrario completamente a la naturaleza de mejor proveer justicia.

La figura de las y los fiscales, como institución elemental de representación social, debe ser profundamente estudiada para que las reformas al Poder Judicial en ciernes alcancen el grado constitucional, que sean armónicas con la condición que se presenta en el país. Se tiene que repensar el concepto de autonomía versus independencia, y los beneficios y desventajas que se han tenido en la historia reciente del país. La inamovilidad que la Constitución federal y las locales les han dado a las y los fiscales del país ha causado, en algunos casos, terribles agravios para la noble labor que es la procuración de justicia.

Las reformas a la procuración de justicia deben revisar el artículo 19 constitucional, que contempla el catálogo de delitos de prisión preventiva oficiosa, y el propio concepto como tal, por ende, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley de Amparo, de Migración, de Salud, de Delincuencia Organizada, Trata de Personas, de Telecomunicaciones, Electoral, de Armas de Fuego, de Desaparición Forzada y, en fin, todas aquellas donde delitos federales y del orden común tengan que ajustarse a la nueva dinámica que está a unos cuantos meses de modificarse en una nueva etapa que tendremos que generar para que, en un intento histórico más, la justicia esté al alcance del mayor número de mexicanas y mexicanos. La procuración de justicia como un eslabón de todo el sistema requiere mantenimiento permanente y debe atender de manera congruente las expectativas de la gran oferta de gobierno con un proyecto de nación de avanzada como el que ha propuesto la primera presidenta de México, la doctora Claudia Sheinbaum Pardo, a partir del próximo 1 de octubre.

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