Fuero de guerra y militarización

Los altos mandos militares consideran que el único fuero que ha logrado resistir los embates de la historia es el fuero de guerra, en tanto fuero-jurisdiccional y fuero-competencia.

El nuevo gobierno, como el que termina, no ha medido lo que significa la militarización del poder político en México. Entre otros temas, está el hecho de la existencia del fuero de guerra para proteger a los efectivos militares de ser enjuiciados por tribunales civiles. De este asunto viene el que las Fuerzas Armadas se resistan a que sus efectivos sean enjuiciados en cortes civiles por los hechos de Ayotzinapa.

Los altos mandos militares consideran que el único fuero que ha logrado resistir los embates de la historia es el fuero de guerra, en tanto fuero-jurisdiccional y fuero-competencia.

Las ordenanzas militares españolas son la fuente primaria de nuestra legislación sobre el fuero de guerra, prácticamente hasta el día de hoy, a pesar de algunas modificaciones procedimentales a través del tiempo.

Ha habido tres grandes etapas del fuero de guerra en México: 1844 a 1929, 1929 a 1955 y 1955 a la actualidad.

La Constitución de 1857 acotó la competencia de los tribunales militares. Durante el reinado de Maximiliano se aplicaron criterios del derecho militar francés. La voz crítica de Francisco Múgica se escuchó en los debates en torno a la elaboración y aprobación de la Constitución de 1917. Propuso la eliminación del fuero de guerra, señalando la conveniencia de abolirla para que, en su lugar, los tribunales ordinarios conocieran de los delitos de la disciplina militar.

Sin embargo, la nueva Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 reconoció el derecho militar como un “nuevo sistema de derecho inmerso en el macrosistema jurídico”.

Sin embargo, el sistema militar, separado del sistema judicial civil del país, presenta problemas propios. Por ejemplo, los jueces militares son considerados simples instructores. Además, el presidente del Tribunal Supremo es un general. Las decisiones de los jueces se subordinan a la línea de mando dentro de la Fuerzas Armadas. Además, no existe la protección a los inculpados y mucho menos se respetan sus derechos humanos. Los civiles inculpados quedan absolutamente desprotegidos ante la cadena de mando militar. Los abogados militares son proclives a la falta de objetividad.

Sin duda, necesarios cambios paulatinos y responsables del fuero de guerra. Si la intención es desaparecer por completo el sistema de justicia militar, el Estado entraría en una verdadera crisis.

Es necesario profesionalizar el actuar de los jueces para proteger a las víctimas civiles, para lo cual lo ideal sería convertir a los tribunales militares en parte del Poder Judicial de la Federación.

Tales cambios serían congruentes con lo planteado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y el Pacto de San José, en materia de respeto a los derechos humanos de víctimas de la violencia estatal contra ciudadanos ejercidos por las fuerzas del orden.

Existe la necesidad de una revisión integral del modelo de justicia militar para que corresponda a los lineamientos procesales humanistas que progresivamente se instituyen en los Estados democráticos de derecho. Esto evitaría la militarización del poder político en México.

A mayor abundamiento, hay cuatro casos emblemáticos donde la violación a los derechos humanos se perpetuó por parte de las fuerzas militares del Estado contra civiles. Los casos de Radilla, Inés Fernández, Rosendo Cantú, Cabrera García y Montiel Flores demostraron la ausencia del respeto a los derechos humanos por los tribunales militares.

Es necesario prohibir que el fuero de guerra se extienda para conocer delitos que no sean típicamente militares. Esto requiere una transición gradual. Un primer paso para evitar la militarización nociva de la sociedad mexicana sería juzgar a militares en tribunales federales cuando hay civiles involucrados.

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