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Reformas constitucionales sin destino

Raúl Contreras Bustamante

Raúl Contreras Bustamante

Corolario

Es indiscutible que el gobierno federal tiene el derecho que le concedió el mandato popular mayoritario de establecer las líneas de trabajo y las políticas públicas que pretende poner en práctica a lo largo de su sexenio. La premisa de que hay que atacar de frente a la pobreza como prioridad es algo en lo que no se puede estar más que de acuerdo.

Sin embargo, existen reformas constitucionales que señalan metas y objetivos que también son de ineludible obligación y que no aparecen consideradas en el Presupuesto de Egresos como prioridades. Y reza un refrán popular que: “Programa sin presupuesto es demagogia”.

Tres cuestiones constitucionales importantes no se aprecian que estén dentro del radar del nuevo gobierno como asuntos de especial interés.

La primera es la Fiscalía General de la República en su condición de Órgano Constitucional Autónomo. Apenas surgió a la vida jurídica esta tan anhelada institución que es esperanza de tener completo al nuevo sistema penal acusatorio, al Sistema Nacional Anticorrupción y un desempeño del Ministerio Público con características técnicas y profesionales modernas.

El Presupuesto de Egresos de la Federación para el año 2019 no contempla ningún apoyo presupuestario para llevar a cabo la transición institucional de la Procuraduría General a la Fiscalía. Es más, a la Fiscalía le fue otorgado un presupuesto 5% menor al que percibía su antecesora la Procuraduría General de la República.

El segundo tema es el antes mencionado Sistema Nacional Anticorrupción, aquel que nació con la reforma al artículo 113 de la Constitución en 2015. El Sistema plantea que el combate en esta materia sea una obligación coordinada y concurrente entre todos los niveles de gobierno y los particulares.

Sin embargo, en el Presupuesto para 2019 se eliminaron los fondos que se destinaban a la estrategia transversal y también los que se tenían etiquetados de manera específica para el combate a la corrupción en cada entidad y dependencia. Lo anterior sin mencionar que la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción sufrió una reducción del 20.3% en su presupuesto.

Esto quiere decir que el combate a la corrupción de la manera en que la Constitución lo prevé no fue una prioridad a la hora de asignar recursos financieros.

El tercero es la Reforma Laboral aprobada en 2016 y que entró en vigor en el año 2017. Entre los diferentes aspectos de la reforma constitucional destaca la desaparición de las Juntas Federal y Locales de Conciliación y Arbitraje para dar paso al surgimiento de los Tribunales Laborales del Poder Judicial de la Federación.

El Presupuesto de Egresos para este año no previó recursos para instrumentar la reforma y transitar a una justicia laboral a cargo del Poder Judicial de la Federación. Además, el Poder Legislativo no ha llevado a cabo la elaboración de las normas secundarias de dicha reforma. Así que, a tres años de estar en vigor en la Constitución, no hay ni leyes secundarias ni presupuesto previsto para la transición.

La época de cambios que México atraviesa no puede detenerse. Pero no se deben ignorar los mandatos constitucionales establecidos que forman parte integral del país que necesitamos. Las normas constitucionales se consensan y aprueban para darles continuidad obligatoria a sus preceptos, más allá de las coyunturas y cambios políticos.

Como Corolario, las palabras del escritor francés Antoine de Saint-Exupéry: “No se trata sólo de prever el futuro, sino de hacerlo posible.”

 

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