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Reformas constitucionales del 2019

Raúl Contreras Bustamante

Raúl Contreras Bustamante

Corolario

El poder constituyente permanente del país realizó siete reformas a nuestra Carta Magna durante el pasado año que adicionaron, modificaron o derogaron un total de 34 artículos constitucionales, que trataremos de enumerar y sintetizar.

1. La extinción de dominio, publicada el 14 de marzo, reformó al artículo 22 y a la fracción XXX del artículo 73. Se amplió el catálogo de delitos mediante los cuales el gobierno federal podrá apropiarse de bienes de particulares cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con las investigaciones derivadas de once delitos.

Así mismo, se adicionaron facultades al Congreso de la Unión para legislar una Ley Nacional Única en Materia de Extinción de Dominio, que será aplicable en todas las entidades federativas.

2. La creación de la Guardia Nacional, publicada el 26 de marzo. Se reformaron varios artículos —siendo el apartado 21 el de mayor relevancia— que estipula que las instituciones de seguridad pública, incluyendo la Guardia Nacional, serán de carácter civil.

La reforma establece que la Guardia estará adscrita a la Secretaría de Seguridad Pública, la cual deberá formular la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, los respectivos programas, políticas y acciones.

3. Prisión preventiva oficiosa, publicada el 12 de abril. Con esta enmienda se agregaron tres nuevos delitos a la prisión preventiva oficiosa: uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos.

Esta reforma ha sido criticada por la academia ya que va en sentido inverso de la esencia del Nuevo Sistema Penal Acusatorio, al incrementar delitos que la ameriten.

4. En materia educativa, fue publicada el 15 de mayo, una reforma que, entre otras cosas relevantes, adicionó la fracción X al artículo 3° que incluye como obligación del Estado mexicano garantizar la impartición de la educación superior, con lo cual se pretende entrar a una nueva dimensión al derecho social de la educación.

5. Paridad entre géneros, publicada el 6 de junio, para otorgar a las mujeres una posición de igualdad en diversas representaciones populares, políticas y administrativas que no tenían. Con estas enmiendas se pretende acelerar el cambio de paradigmas que históricamente han impedido que las mujeres accedan a cargos públicos.

6. Comunidades indígenas, publicada el 9 de agosto, en la que se adicionó un apartado C al artículo 2 para reconocer a los pueblos y comunidades afromexicanas —cualquiera que sea su autodenominación— como parte de la composición pluricultural de la nación, a efecto de que puedan gozar de todos los derechos para lograr su desarrollo e inclusión social.

7. Revocación de mandato y Consultas Populares, publicada el 20 de diciembre, que determina los términos en materia de revocación de mandato del Presidente de la República para ejecutarlo y el derecho de los ciudadanos a participar en éste.

En ambos, el INE queda como encargado de la verificación del cumplimiento de los requisitos, así como, la organización, difusión, desarrollo, cómputo y declaración de resultados.

Algunas de estas reformas han sido bien recibidas por el foro jurídico y otras serán materia de discusión reglamentaria y académica. Pero resulta importante conocerlas porque pretenden transformar nuestra realidad social.

Como Corolario, las palabras del escritor francés Antoine de Saint-Exupéry: “No se trata sólo de prever el futuro, sino de hacerlo posible”.

 

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