Reforma a la Ley de Aguas: certidumbre en entredicho

La propuesta enviada por la Presidenta de México al Congreso de la Unión se compone de dos instrumentos. El primero, relacionado con el derecho humano al agua ya comentado previamente, resulta, en términos generales, positivo, aunque requiere ir acompañado de ...

La propuesta enviada por la Presidenta de México al Congreso de la Unión se compone de dos instrumentos. El primero, relacionado con el derecho humano al agua —ya comentado previamente—, resulta, en términos generales, positivo, aunque requiere ir acompañado de inversiones concretas para hacerlo realidad. Estas inversiones, sin embargo, no están consideradas en la dimensión necesaria dentro del Presupuesto de Egresos para 2026. Garantizar el acceso al agua potable, drenaje y saneamiento implica un esfuerzo presupuestal significativo por parte de los tres órdenes de gobierno, esfuerzo que ha estado ausente durante décadas. Es un pendiente crítico en la agenda nacional.

El segundo instrumento son las reformas a la Ley de Aguas Nacionales (LAN), indispensables para atender una situación muy compleja en la gestión de las aguas nacionales. Con el tiempo, esta problemática ha derivado en la sobreexplotación de los 115 acuíferos más importantes del país, en la sobreconcesión de muchas fuentes superficiales y en un uso irregular del recurso —el llamado “huachicoleo del agua”— sin control ni supervisión efectiva.

La reforma fortalece las atribuciones de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) para garantizar la seguridad hídrica nacional y supervisar el uso del recurso. Además, se plantea la creación de un Registro Nacional del Agua, operado exclusivamente a nivel federal, con el propósito de controlar y regular los permisos de uso.

Una de las principales críticas a la LAN vigente es que el agua ha sido tratada como una mercancía. Esta ley se formuló con un enfoque que surgió de criterios internacionales que promovían su manejo como un recurso natural con valor económico, con la expectativa de que las eficiencias del mercado mejorarían su administración.

En este marco, los títulos de concesión adquirieron características similares a la propiedad: podían heredarse, venderse o traspasarse, dando origen a un mercado del agua. Aunque en su momento esta visión tuvo lógica, con los años se consolidó un mercado informal que, según algunas estimaciones, representa un negocio de hasta 500 mil millones de pesos. Prácticas como el acaparamiento, la corrupción y la falta de regulación han desvirtuado la gestión del agua, transformando un derecho humano en una mercancía.

Las reformas ahora establecen que los concesionarios ya no podrán transferir directamente sus derechos. Éstos deberán devolverse al Ejecutivo federal para ser integrados a un nuevo “Fondo del Agua”, a partir del cual la Conagua determinará si procede su reasignación a otra persona física o moral.

Y es en este punto donde surgen las mayores inquietudes por parte de agricultores y empresarios: ¿al heredar o vender un terreno ya no podrán transferir el pozo que permite regar sus cultivos?, ¿el comprador de una fábrica perderá la certeza de contar con el agua indispensable para la producción?

Sobre este tema, el artículo 22 de la reforma señala que toda reasignación de volúmenes requerirá del análisis y autorización de la “Autoridad del Agua”, que expedirá un nuevo título de concesión mediante procedimientos expeditos. Éstos se basarán en los volúmenes disponibles en los fondos de reserva que establece el artículo 37 BIS de la Ley, y se asignarán conforme a las condiciones establecidas en la norma reglamentaria. Por su parte, el artículo 4 indica que, para garantizar la seguridad hídrica, la autoridad podrá disminuir o, incluso, cancelar los volúmenes concesionados.

Quienes hoy poseen títulos de concesión ven con inquietud que la reforma no les asegura la continuidad ni la transmisión de sus derechos de agua, especialmente en un contexto donde 70% de las principales fuentes de abastecimiento del país están siendo sobreexplotadas. Temen que la reasignación de volúmenes quede sujeta al criterio discrecional de la autoridad. Esta incertidumbre ha generado una creciente inconformidad. Sobre éste y otros temas profundizaremos en la siguiente entrega.

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