Más cárcel ¿inhibirá el feminicidio?

El 20 de febrero de 2008, en una pequeña oficina de la Torre del Caballito, donde se ubicaban las oficinas de las comisiones del Senado de la República, los entonces senadores Alejandro González Alcocer y Ricardo García Cervantes, del PAN; Jesús Murillo Karam, del PRI y Tomás Torres Mercado, del PRD, comenzaron a analizar el cúmulo de iniciativas para castigar el secuestro, a raíz de un clamor mediático que promovía el Partido Verde: “cadena perpetua a secuestradores”.

Recuerdo mucho esa reunión, porque todos esos senadores reunidos eran expertos en materia jurídica y sus discusiones eran tan interesantes que parecía que uno asistía a una clase de derecho con diferentes maestros.

Ahí el priista Jesús Murillo, entonces presidente de la Comisión de Gobernación, llamó la atención en que castigar ya con 70 años de prisión es prácticamente cárcel vitalicia y no tendría caso llegar a la cadena perpetua, luego de que el panista Alejandro González Alcocer, entonces presidente de la Comisión de Justicia y el perredista Tomás Torres, en aquel tiempo presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, insistían en que elevar los años de cárcel no inhibía el delito.

El panista Ricardo García Cervantes recordó que no existen evidencias científicas de que el aumento en los castigos esté relacionado con la reducción en los índices delictivos, incluso ironizó que los secuestradores no leen el Código Penal Federal antes de plagiar a una persona para saber si les conviene o no hacerlo.

Imaginen cómo fue la discusión para crear la llamada Ley Antisecuestro que fue hasta la noche del 29 de abril de 2010 cuando la aprobó el Senado; es decir, 26 meses después de esa primera discusión en la Torre del Caballito. Las penas contra el secuestro quedaron en un máximo de 60 años de cárcel.

El recuerdo de esas discusiones tan ilustrativas de los senadores de la LX y LXI Legislaturas se avivó en mí, cuando leí la iniciativa presidencial para crear la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Feminicidio, porque establece una pena mínima de 50 años de cárcel y una máxima de 70 años de prisión, pero crea 19 agravantes que elevan en una mitad más esas sanciones; es decir, un mínimo de 75 años y un máximo de 105 años en reclusión.

Incluso castiga con severidad el feminicidio en grado de tentativa, con un mínimo de 50 años de cárcel, según la propuesta presidencial.

Más allá de si estos parámetros de castigo superan el criterio máximo de 60 años de cárcel y sin poner en duda la urgencia y necesidad de frenar esta ola de violencia incontrolable contra las mujeres, perpetrada por hombres que las mutilan, las lesionan con ácido o las matan, la pregunta necesaria es si un misógino va a detener su violencia sólo porque lo encarcelarán al menos 50 años de su vida, sin derecho a fianza, amnistía, indulto o reducción de pena, e incluso sea posible que muera en la cárcel.

Hay un clamor justo y constante de las mujeres: cero impunidad a los feminicidios. Por supuesto yo formo parte de quienes exigen ponerle fin.

La iniciativa presidencial incluye órdenes para que diferentes instancias de gobierno trabajen por construir una cultura de no agresión hacia las mujeres; es decir, no es una ley meramente punitiva; trata de ser integral y multifactorial.

Pero me parece que, sin soslayar la necesidad de frenar el feminicidio, es necesario que los legisladores analicen con calma esta nueva ley, porque pueden mejorarla y quitarle ambigüedades o pifias de técnica jurídica, pero también hacerla más efectiva en la realidad, con castigos para quienes no la apliquen, por ejemplo.

La realidad demuestra que el aumento de penas privativas de la libertad no inhibe el delito.

Ahí tenemos la desaparición forzada, el secuestro y la delincuencia organizada, cuyas penas se elevaron a 60 años de cárcel durante el sexenio de Felipe Calderón y siguen aquí, presentes en nuestra cotidianidad, incluso con una mayor agresividad.