El Estado también puede ser responsable

Juan José Serrano

Juan José Serrano

Área común

                La ley, para que sea tal, 

                debe ser conforme a la justicia.

                Norberto Bobbio

 

En entregas anteriores he abordado temas en los cuales la responsabilidad resulta de las personas servidoras públicas (PSP) y/o de los particulares hacia el Estado y, de manera indirecta, hacia la población. En esta ocasión me interesa exponer sobre la responsabilidad que existe del Estado frente a la gente, ante la ciudadanía.

Para dar un mejor contexto al asunto que hoy comento, sirve recordar las monarquías dictatoriales que existían en la mayoría de los países europeos, en las que la relación entre el Estado y sus ciudadanos se encontraba en un plano de absoluta subordinación hacia él o la monarca, considerando a la población como súbditos, en toda la expresión de la palabra. Es hasta los gobiernos revolucionarios de la Europa occidental que se inician los límites al poder unipersonal del soberano y se comienza a restringir su actuación a lo que un marco legal señala; es decir, para que deje de hacer lo que considere su “real voluntad” y reconozca todos aquellos derechos que son inviolables y se encuentran por encima de él o de ella.

Gracias a pensadores como John Locke, uno de los principales liberales en nuestra historia, es que se otorga un nivel de igualdad entre el Estado y los ciudadanos, estableciendo como límite al ejercicio del poder las propias leyes naturales, y siempre que dicho poder haya sido otorgado a través del consentimiento de la gente, entendiendo esto por conducto de una representación popular.

Es así que la responsabilidad del Estado es tan amplia como su propio quehacer político-administrativo le exige y le permite, por lo que en esta ocasión únicamente me referiré a la responsabilidad administrativa que tiene frente a la población. Usted se podrá preguntar la razón de la importancia de tal concepto. La respuesta es sencilla: considero fundamental que la gente siempre tenga en mente que, como gobernados, estamos, bajo cualquier circunstancia, en una posición de igualdad frente al Estado; tan es así que existen formas y conductos para exigir el debido cumplimiento de sus funciones. Me explico. Nuestro más alto tribunal en el país, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha definido la figura de la responsabilidad patrimonial objetiva, y ésta se actualiza cuando el Estado causa un daño en los bienes o derechos del particular.

Lo anterior implica que el gobernado tiene la facultad y, por tanto, el derecho a exigir la buena administración del Estado, incluso, a nivel de la Ciudad de México, la Constitución Política local prevé en su artículo 7, literal A, la buena administración pública como un derecho ciudadano.

Cabe hacer mención que, derivado de estudios de derecho comparado, es posible advertir que en muchos otros países esta responsabilidad del Estado no es limitativa del Poder Ejecutivo, sino que se ha ampliado hacia los órganos jurisdiccionales y a los actos legislativos. El rango de exigencia como ciudadanos y ciudadanas que poseemos es mucho más amplio de lo que podríamos imaginar.

Es aquí, nuevamente, donde nos encontramos con la importancia que reviste la existencia de los órganos internos y externos de control en la gestión pública de nuestro país; si bien la norma limita el actuar del Estado, son aquellos los que permiten dar un justo contrapeso frente a cualquier actuación de las PSP que actúan al margen de la norma que los rige. Por su parte, en el ordenamiento jurídico mexicano, tenemos un marco normativo robusto que parte desde la Constitución federal y la Ley Federal de Responsabilidad Patrimonial del Estado, que desarrolla el procedimiento, las instancias competentes y los medios de impugnación para exigir la responsabilidad patrimonial del Estado mexicano.

Lo anterior constituye un mecanismo que reviste una doble importancia, por una parte, porque se constituye en una medida legalmente establecida para que el Estado mexicano rinda cuentas ante la sociedad y, por otra parte, porque existe la forma de exigir nuestros derechos como ciudadanos y también las autoridades ante quienes hacerlo.