“La Carta Magna” y la “garantía de audiencia”
La “Carta Magna” de 1215 dio origen al Parlamento
A estas alturas ¿qué cosa relativa al Estado o al gobierno puede ser definido como “magno”? ¿O, para usar otro término, magnífico?
“La Carta Magna” podría parecer una expresión demagógica y hasta ridícula. En los tiempos de TikTok y de las redes sociales movidas por la inteligencia artificial, ¿qué importancia puede tener hablar de esas reliquias históricas? Perder el tiempo recitando como los abogados y los políticos de vez en cuando.
Algunos acotan la trascendencia de la “Carta Magna” de 1215 al origen del Parlamento, un sistema de gobierno distinto al presidencialista. Pero la clave, conduce a “la garantía de audiencia” expresión que se refiere a algo que podemos necesitar en cualquier momento. Hablamos del derecho a un “juicio justo”, el primero de los derechos humanos reconocido en un texto jurídico en la era moderna.
El rey de Inglaterra, por estar en constantes guerras, asfixió a los señores feudales con impuestos despóticos, sus policías (fuerzas de seguridad) detenían y extorsionaban a sus parientes y sirvientes que circulaban por los caminos del reino y los llevaban a juicios sumarios por supuestos delitos como injurias a la corona o cualquier otra falsedad y en esos juicios se les imponían multas absurdas para financiar las arcas públicas.
Un día, sin avisar al rey y de modo misterioso, llegaron a Londres todos los señores feudales y acorralaron al rey, ante esa situación acordaron sesenta y tres cláusulas para poner límites a las autoridades en favor de los “hombres libres”, los siervos eran parte de los feudos y no tenían derechos. Los derechos a un juicio justo y a transitar libremente fueron parte de la solución acordada en forma de desplegado conjunto firmado por el rey y los nobles a lo que denominaron “Carta Magna”. No fue un decreto real, el rey y los nobles fueron colegisladores de ese primer instrumento normativo.
El derecho a la justicia fue delineado a partir de la existencia de tribunales disponibles (accesibles) y más allá de los recintos destinados a ejercer la función judicial, el derecho un juicio con reglas para que los acusados de algún crimen o pudieran defender su inocencia y, en paralelo, para que los afectados por tales delitos pudieran reclamar la restitución, en lo posible, por el daño causado.
El acusado a recibir la pena adecuada y la víctima a recibir la posible remediación económica o el consuelo de que el crimen o delito no quedaría impune, y la comunidad a estar seguros de la reiteración de esas conductas por los criminales. Especialmente a que se supiera que en ese lugar no imperaba la “ley del más fuerte”.
Así las cosas, la “garantía de audiencia” fue la que marcó el comienzo de una larga y atropellada causa por la que se debe seguir insistiendo, se requiere que los tribunales sean competentes de las materias que les son asignadas para resolver controversias, y eso se refuerza y se cumple si son integrados por jueces imparciales y especializados en esas materias. Imposible que haya jueces todólogos.
- En suma, fue la economía la que favoreció que se pudieran hacer respetar los derechos humanos en cada época. El mercado y sus valores e intereses han creado mecanismos para asegurar sus inversiones y transacciones.
