Juventud

El 26 de septiembre de 2013, Alejandro Rueda López tuvo la ocurrencia de asaltar en Monterrey, Nuevo León, el domicilio de Roxana Moya Guerrero, una chef repostera de 24 años de edad. Para no hacer el cuento largo, Roxana murió en el violento asalto y el homicida está ...

El 26 de septiembre de 2013, Alejandro Rueda López tuvo la ocurrencia de asaltar en Monterrey, Nuevo León, el domicilio de Roxana Moya Guerrero, una chef repostera de 24 años de edad. Para no hacer el cuento largo, Roxana murió en el violento asalto y el homicida está confeso y convicto. Lo que hace el caso excepcional es que el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, presidente de la Primera Sala, acaba de determinar que Rueda López sea juzgado como menor de edad y no como adulto, a pesar de que tiene 21 años de edad.

El argumento del señor magistrado es de lo más pueril. El día de los hechos, Rueda López estaba cumpliendo 18 años, la edad para ser juzgado como adulto. Nada más que a la hora del crimen todavía no daban las doce campanadas que coincidieran con la hora en que, supuestamente, nació el querubín, según dicen que consta en el acta del Registro Civil. Faltaban, en el momento del crimen, tres horas y 14 minutos; técnicamente, según el magistrado, todavía era menor de edad y debe ser juzgado como tal bajo la Ley del Sistema Especial de Justicia para Adolescentes; ella contempla un internamiento máximo de diez años en un centro especializado para menores delincuentes.

No haría falta más comentario; el cuento de una Cenicienta trágica y sus doce campanadas.

No se trata solamente de la repostera asesinada. El asunto es que yo pensaba que ya habíamos salido de los periodos de la efebocracia de Luis Echeverría, en los que era suficiente el ser de edad corta y apariencia juvenil para escalar puestos importantes en la función pública y respeto como individuos. La verdad es que el sistema judicial mexicano debe modificarse y ponerse al día con los nuevos patrones de conducta social e individual que en nuestro país predominan hoy.

Se acaba de prohibir en la capital de la República el matrimonio entre adolescentes. Lo que no podemos eliminar con disposiciones burocráticas, como la que esgrime el magistrado Pardo Rebolledo, son los embarazos de menores y la transformación involuntaria de niñas en madres, que cada vez se incrementa. Lo que este obtuso criterio del señor magistrado no puede impedir es que el crimen organizado siga reclutando, con entusiasmo cada vez mayor, a menores de edad para labores de halconeo primero, narcomenudeo después y asesinatos con arma de fuego más tarde, puesto que los menores de 18 años —en este caso por tres horas y catorce minutos— tienen que ser tratados con pañales de seda y saldrán de cualquier cárcel con una rapidez sorprendente.

Se debe reconsiderar, ciertamente, que la responsabilidad no puede fijarse a partir de la edad biológica, sino el desarrollo social y sicológico de los delincuentes, entre otros factores. De la misma manera en que, durante tres años, se obstinó el sistema en negarle el beneficio de la cárcel domiciliaria a Elba Esther Gordillo, ahora va a dejar en libertad a un homicida por un tecnicismo del más ramplón burocratismo.

La aplicación de las leyes, especialmente al nivel de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no se debe atener solamente a la experiencia y erudición de los juzgadores.

Desde los tiempos de Salomón, la impartición de las penas y las resoluciones de conflictos con sabiduría se han hecho con base al buen juicio.

Cuando se entiende la justicia y se está comprometido con ella.

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