Reformas constitucionales y política extraordinaria
La Constitución Política no es y no puede concebirse como el programa de gobierno de una administración; la Constitución tampoco es el pliego petitorio donde las fuerzas políticas con representación en el Congreso plasman sus deseos, sus agendas o, a veces, sus ...
La Constitución Política no es y no puede concebirse como el programa de gobierno de una administración; la Constitución tampoco es el pliego petitorio donde las fuerzas políticas con representación en el Congreso plasman sus deseos, sus agendas o, a veces, sus ocurrencias. En los últimos 101 años, nuestra Constitución ha sido reformada más de 700 ocasiones, pero la Constitución Política no puede ser concebida como el instrumento o el termómetro de los vaivenes políticos. Una Constitución es el pacto donde se establecen los principios y las aspiraciones de una sociedad plural, es el pacto mediante el cual se procesan las diferencias y se administra el poder político, es el pacto que contiene las reglas de convivencia que rigen a varias generaciones de ciudadanos.
Por ello, académicos como Bruce Ackerman han dicho que los momentos de reforma constitucional son momentos de política extraordinaria, es decir, momentos que están vinculados y que deben ser definidos por la deliberación pública y la movilización social. Es decir, un momento de reforma constitucional debe ser un momento donde una nación emprende una profunda reflexión sobre su presente y su futuro.
En este sentido, en los momentos de reforma constitucional se debe reconocer la autoridad constituyente del pueblo, porque la autoridad de modificar una constitución no pertenece ni a un grupo particular ni a la última mayoría legislativa electa; esta autoridad pertenece a las generaciones de ciudadanos que viven y vivirán bajo ese arreglo constitucional. De esta manera, cuando las transformaciones constitucionales no son una expresión de la voluntad popular, sólo pueden entenderse como una usurpación de la misma voluntad del pueblo.
Por ello, esta semana presenté en el Senado de la República una reforma para crear la figura de Referéndum Constitucional, un instrumento de participación ciudadana y de control político que les permitiría a los mexicanos decidir sobre la aprobación de las reformas constitucionales; en otros términos, se trata de una reforma para convertir a los ciudadanos en parte del Constituyente Permanente de la nación.
Los proyectos y programas de gobierno se ajustan durante el transcurso de un mandato conforme a las necesidades y estrategias de una administración; pero la Constitución no es y no puede ser parte de un programa de gobierno y mucho menos puede ser un instrumento para la implementación de un programa de gobierno. Creer que la Constitución Política puede modificarse a modo para darle vida a una política pública o para hacerse un traje a la medida o para trasladar a ella el programa mismo de una administración es un error que México no puede seguir cometiendo.
Desafortunadamente, lo estamos atestiguando con la propuesta de reforma constitucional de Morena para crear la Guardia Civil, porque si la Suprema Corte de Justicia de la Nación dijo que la Ley de Seguridad Interior era inconstitucional, lo que pretende hacer Morena es “constitucionalizarlo” junto con un programa de seguridad específico.
Reformar la Constitución no es un tema trivial ni es un acto que pueda quedar en decisiones cupulares; es un proceso que requiere de la máxima publicidad, deliberación y reflexión, es un proceso de cambio extraordinario que, por lo tanto, requiere de la inclusión, reflexión y participación de los ciudadanos. De esta exigencia surge la figura de Referéndum Constitucional.
Esperamos que la nueva mayoría legislativa y el próximo gobierno, que hablan de una transformación de nuestro país, comprendan que la primera gran transformación que le podemos dar a México es la de replantear nuestro entendimiento de la política constitucional y de la relación entre los ciudadanos y el ejercicio del poder.
*Senador de la República
de Movimiento Ciudadano por Jalisco.
