El Expediente Clínico Electrónico
La intención es definir “el Expediente Clínico Electrónico como la recopilación, almacenamiento y gestión electrónica de la información médica y de salud de un paciente, incluyendo datos clínicos, diagnósticos, tratamientos, procedimientos y cualquier otra información relevante para la atención médica o describir el estado de salud del paciente.
El pasado 17 de julio, el diputado Éctor Jaime Ramírez Barba, acompañado de los integrantes del Grupo Parlamentario del PAN, en la LXV Legislatura de la Cámara de Diputados, presentaron una iniciativa de ley por la que se adiciona la Ley General de Salud en materia del Expediente Clínico Electrónico (ECE). En la exposición de motivos, se explica qué con un ECE, la información médica del paciente está disponible de forma instantánea desde cualquier ubicación con acceso autorizado a través de dispositivos electrónicos. Esto facilita la atención médica en casos de emergencia, consultas fuera de horario o cuando se requiere acceso rápido a historiales clínicos.
La intención de esta iniciativa es, entre otras cosas, definir “el Expediente Clínico Electrónico como la recopilación, almacenamiento y gestión electrónica de la información médica y de salud de un paciente, incluyendo datos clínicos, diagnósticos, tratamientos, procedimientos y cualquier otra información relevante para la atención médica o describir el estado de salud del paciente, con el fin de mejorar la calidad de la atención, la accesibilidad a la información y la coordinación entre los profesionales de la salud”.
El diputado Ramírez Barba señala un dato particularmente relevante: la diversidad de sistemas informáticos en hospitales, clínicas y unidades de atención médica dificulta la interoperabilidad y el intercambio de información entre las diferentes instituciones. No hay estándares comunes bien estructurados que faciliten la integración eficaz de los expedientes clínicos electrónicos.
La iniciativa establece la necesidad de garantizar que los datos sensibles de los pacientes estén protegidos de accesos no autorizados y de posibles vulnerabilidades en los sistemas informáticos. Tal como ocurrió con la caída de Microsoft a nivel mundial, que afectó de muy diferentes maneras a millones de ciudadanos. Decenas de miles de vuelos cancelados o retrasados por problemas en la facturación, infinidad de negocios —entre ellos, gasolinerías— sin medios para cobrar a sus clientes, consultas médicas y hospitales sin acceso a los historiales, por citar algunos.
Las instituciones de salud han optado por incorporar sistemas de información mediante los que gestionan la información clínica de los pacientes. En México, una gran cantidad de instituciones de salud públicas hacen uso de algún sistema de gestión de expediente clínico electrónico. Sin embargo, contar solamente con la información generada en una institución de salud es sólo un primer paso para disponer de manera oportuna de la información clínica.
La diversidad de sistemas de expediente clínico electrónico en el mercado ha obstaculizado una interacción entre diferentes instituciones de salud, ya que a pesar de que muchos de los sistemas de expediente clínico electrónico cumplen con la norma oficial mexicana NOM-024-SSA3-2012, existen dificultades técnicas que inhiben la posibilidad de compartir información del expediente clínico electrónico entre entidades de salud, principalmente debido al formato y a la estructura de la información almacenada en las bases de datos de dichos sistemas, así como a la diversidad de tecnologías utilizadas.
Esta falta de interoperabilidad limita en gran medida el acceso universal al expediente clínico electrónico en México, lo cual implica una atención deficiente a los pacientes que acuden a distintas unidades de salud, así como la posible multiplicidad de la información de un solo paciente, reportada a las instancias de salud federales que realizan análisis estadísticos e investigación clínica y epidemiológica. Se requiere fortalecer la protección de datos y fortalecer el sustento normativo que, hasta hoy es limitado y escueto en la ley.
