Un gran legado de reformas para la justicia cotidiana
El paquete de iniciativas de reformas constitucionales, promovido ante el Congreso por el presidente Enrique Peña Nieto el pasado 28 de abril, y aprobado por el Senado de la República durante las sesiones del 13 de octubre y el 13 de diciembre, representa un momento ...
El paquete de iniciativas de reformas constitucionales, promovido ante el Congreso por el presidente Enrique Peña Nieto el pasado 28 de abril, y aprobado por el Senado de la República durante las sesiones del 13 de octubre y el 13 de diciembre, representa un momento culminante de su acción transformadora y la cumplimenta en el flanco más sensible del Estado de derecho: el de la justicia cotidiana.
La primera reforma traslada la tarea de resolución de conflictos laborales de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, dependientes de los Ejecutivos federal y estatales, a tribunales autónomos y especializados del Poder Judicial; crea un organismo para el registro de contratos y convenios de trabajo y fortalece los mecanismos de conciliación para agilizar la resolución de conflictos.
Las reformas aprobadas el pasado martes representan, en conjunto, la puesta al día del orden jurídico nacional que estaba rezagado en diversas materias, hasta volverse un claro factor de justicia denegada. Tenemos, por un lado, las reformas relativas a los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y una nueva legislación para la justicia cívica e itinerante, y la homologación de los registros civiles, que están asociados a los asuntos de justicia más socorridos por la sociedad, y son determinantes para la seguridad jurídica de la familia y el goce del derecho de identidad personal.
Por otro lado, está la reforma para hacer obligatorios y homologar los procesos de mejora regulatoria y ampliar, en el curso de tres años, la oralidad de los juicios mercantiles. Estas cuestiones impactarán de manera favorable en la productividad, competitividad y certidumbre en las inversiones, así como en la generación de empleos de calidad.
Otras dos reformas constitucionales aprobadas tienen una gran profundidad y trascendencia social. La primera de ellas faculta al Congreso a expedir el Código Procesal en materia Procesal Civil y Familiar, único en el ámbito nacional.
Hablamos de las materias más aplicadas en los circuitos de la justicia de toda la República, por encima de la penal y que, en virtud del crecimiento demográfico y de la creciente complejidad del régimen federalista, generaban graves contradicciones, conflictos procedimentales inacabables y el consabido dolor, inseguridad e impotencia de millones de personas y sus familias, generalmente las más desfavorecidas.
La reforma realizada en los artículos 16 y 17 de la Constitución —sagrados en la esfera de garantías individuales y derechos humanos— incorpora el deber de las autoridades de “privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales” e introduce la obligación de la autoridad competente de complementar la motivación de cualquier molestia, con una constancia clara de la oralidad que regirá el procedimiento correspondiente.
Se trata de una de las demandas más trascendentes que se plantearon en la consulta pública sobre justicia cotidiana, en la cual se identificaron dos obstáculos para el acceso a la justicia: las excesivas formalidades que se contemplan en las leyes y la interpretación y aplicación inadecuada de las normas por parte de los encargados de esas funciones. Ahora los jueces, como rectores del proceso, tienen el deber de dirigir y encauzar el procedimiento judicial, con el fin de no sacrificar la justicia en pro del formalismo.
Así tenemos una reforma transformadora más, la cual garantiza el acceso efectivo y expedito a la justicia cotidiana y, de esta manera, facilita la convivencia diaria entre los ciudadanos y las autoridades.
*Senador de la República
