Esperanza traicionada, cambio ineficaz

Se contradicen las propuestas de campaña, no corresponden con los diagnósticos, y lo peor es que violan los principios democráticos.

En este mismo espacio he reiterado y reitero mi respeto a las Fuerzas Armadas de nuestro país que, con valentía, han enfrentado y realizado la misión que le han encomendado los presidentes de la República, sin embargo, han sido sobreexpuestos en demérito de la vida, integridad física de cientos de sus integrantes, a pesar de que son la última línea de defensa nacional.

Hace unos meses, el entonces candidato puntero prometía que los militares debían volver a los cuarteles y que el pueblo no se confrontaría con el mismo pueblo.

No obstante ello, el grupo parlamentario de diputados de Morena presenta la iniciativa de reforma a la Constitución para la creación de la Guardia Nacional, en la que expone que uno de los tres factores que originan la crisis de violencia, inseguridad e impunidad, desde fines de 2006 (es decir, antes no teníamos esa crisis), es la aplicación, desde hace 12 años, de una estrategia rotundamente equivocada de seguridad y combate a la delincuencia, continúan exponiendo que el gobierno de Felipe Calderón decidió involucrar a las Fuerzas Armadas en esa tarea, a pesar de lo cuestionable de la medida en el ámbito constitucional.

A pesar de lo expuesto, deciden constituir la Guardia Nacional con elementos de la Policía Militar y la Policía Naval, además de la Policía Federal, y se establece que se deberá asegurar la transición ordenada de los miembros de la Policía Militar y Naval a la Guardia Nacional en los términos y condiciones que al efecto se determinen con la Secretaría de la Defensa Nacional y la de Marina de manera conjunta. Además, que los miembros de la Policía Militar y Naval que sean asignados a la Guardia Nacional conservarán sus rangos, así como las prestaciones conferidas a su nivel jerárquico y de mando; pero, sobre todo, se establece que los miembros de la policía militar y naval adscritos a la Guardia Nacional quedan exceptuados de la prohibición a que se refiere el artículo 129 de esta Constitución.

Esa prohibición tenía una razón histórica y de legitimidad democrática que no se aborda en la iniciativa.

Por otro lado, siguiendo las contradicciones de la iniciativa, se expone que la estrategia de seguridad “siguió apoyándose en el Ejército y en la Marina como pilares fundamentales para encarar a la criminalidad organizada, que la lógica de guerra agravó la inseguridad ciudadana, generó una catástrofe de derechos humanos y, paradójicamente, fortaleció a la delincuencia al impulsar a los grupos delictivos a diversificar y extender sus actividades y al provocar la atomización de los grandes cárteles en pequeñas células dispersas por buena parte del territorio nacional”.

“A 12 años de impuesta —sigue la exposición de motivos diciendo que—, la estrategia de confrontación policial y militar no ha logrado recuperar la paz social, la seguridad y el Estado de derecho. México se ha convertido en un país de víctimas, más del 90% de los delitos cometidos desembocan en la impunidad y el país sigue padeciendo la aguda carencia de una policía profesional, capaz de prevenir e investigar y de identificar y detener a presuntos culpables de actos ilícitos”.

Valdría la pena recordar que nuestro sistema de justicia penal ya cambió, y que no se trata sólo de combatir delincuentes, sino de detenerlos, procesarlos, juzgarlos y sentenciarlos conforme a un Estado democrático de derecho… ¿o eso también lo eliminarán en la cuarta transformación?

La implementación del nuevo sistema penal acusatorio surge como respuesta a los excesos que se cometían en la integración de la averiguación previa, prefabricando pruebas, falta de control jurisdiccional sobre la investigación, entre otros temas.

Ahora bien, entre los aspectos relevantes de la reforma se encuentra que “para los efectos de la sentencia sólo se considerarán como prueba aquellas que hayan sido desahogadas en la audiencia de juicio”. Es decir, que lo que se recabe durante la investigación del delito sólo tendrá efectos en la sentencia cuando dicha prueba sea desahogada en la audiencia de juicio. Para ello es extraordinariamente relevante la investigación científica de los delitos.

Los cuerpos militares no están formados para intervenir en los juicios orales del sistema acusatorio ni deberían ser expuestos a ello en las audiencias públicas, porque los desnaturaliza. Más adelante se culpará al sistema penal acusatorio de ineficaz.

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