El desnudo de justicia
En menos de 24 horas quedó al desnudo las prácticas que se han venido realizando en los últimos años en el sistema de procuración de justicia en México. Dos asuntos nos han demostrado la bajeza y contubernio de algunos de los principales responsables de aplicar la ley ...
En menos de 24 horas quedó al desnudo las prácticas que se han venido realizando en los últimos años en el sistema de procuración de justicia en México. Dos asuntos nos han demostrado la bajeza y contubernio de algunos de los principales responsables de aplicar la ley y procurar justicia a nivel federal: por un lado el caso de Florence Cassez; por otro, el caso del general Tomás Ángeles Dauahare y de otros militares de alto nivel.
Ambos casos encuentran en común el abuso de poder de las autoridades en contra de los presuntos culpables, la fabricación de testigos “protegidos” y de pruebas apócrifas, así como la violación al debido proceso y la presunción de inocencia de cualquier persona indiciada.
En el caso Cassez hoy desafortunadamente presenciamos un falso debate al linchar mediáticamente a la Suprema Corte por haber liberado a Cassez al acreditar violaciones graves a sus derechos constitucionales, en vez de confirmar su castigo para así resarcir a las víctimas de sus presuntos delitos.
Subrayo lo falso debido a que a la Corte, en su papel de Máximo Tribunal de casación, sólo le correspondía resolver la petición de amparo de la inculpada frente a los actos de autoridad del Estado, a la luz de analizar si fueron violadas sus garantías constitucionales.
Fue así como la Primera Sala de la SCJN optó por reconocer que desde el inicio del procedimiento penal hubo violaciones graves al debido proceso por parte de las autoridades responsables y se vulneró su derecho de presunción de inocencia.
Es verdad que las víctimas perdieron con esta decisión debido a que se generó una injusticia material al liberar a la ciudadana francesa, sin que hubiera un veredicto final de la Corte sobre su culpabilidad o inocencia del delito de secuestro. Sin embargo, quien agravió a las víctimas no fue la SCJN, sino las autoridades responsables que se prestaron a las peores prácticas antijurídicas.
De ahí que la Corte no tenía muchas opciones, pues las violaciones iniciales en el proceso fueron de tal gravedad que generaron un vicio de origen que afectó de forma irreparable el debido proceso.
Es decir, las acciones de las autoridades responsables de hacer valer la ley generaron un efecto corruptor de tal magnitud en la totalidad del proceso penal, que hacía imposible y ocioso que la Corte ordenara la reposición del proceso. La razón muy simple: los elementos de prueba y la escena del crimen había sido totalmente manipulada y por lo tanto habían quedado desvirtuados.
Sería bueno entonces saber cuál es el grado de responsabilidad administrativa y penal de Genaro García Luna cuando, como titular de la AFI, se le ocurrió fabricar una escena para ganarse la popularidad y prestigio que nunca alcanzó; o al entonces procurador Daniel Cabeza de Vaca cuando consintió que el Ministerio Público federal (MPF) a su cargo manipulara la escena del crimen y coaccionara a testigos para obtener testimonios falsos. Ambos funcionarios son los verdaderos responsables frente a las víctimas de haber convertido en víctima a una presunta victimaria, así como facilitar la exoneración que hoy vergonzosamente le permite recibir un trato de celebridad.
En el segundo caso sólo me referiré al general Ángeles Dauahare, militar de prestigio y quien fuera subsecretario de la Defensa. Hace nueve meses la PGR presentó cargos por su presunta vinculación con el narcotráfico y, en consecuencia, fue privado de su libertad. Desde que se dio a conocer la noticia, saltaba la duda de por qué el MPF pedía que se prolongaran las medidas de arraigo para investigar a una persona de este rango, pues supondríamos que los fiscales llegaron a esa conclusión después de una investigación seria, basada en pruebas irrefutables.
El caso no es extraño si entendemos que ese era el modus operandi en la mayoría de los casos de la ex titular de la PGR, Marisela Morales Ibáñez, y su equipo de colaboradores cercanos. Formados y acostumbrados a las peores vicisitudes de la procuración de justicia, estos funcionarios torcían el proceso penal a su modo con tal de obtener beneficios y justificar su “eficacia”, a costa de traicionar los principios éticos más elementales de la procuración de justicia.
En ese sentido, es de celebrar la actitud responsable del actual procurador Murillo Karam, quien al revisar los expedientes del general Ángeles y sus compañeros, haya corroborado que estaban llenos de irregularidades y defectos ministeriales, por lo cual optó por reconocerlo públicamente y retirar los cargos. Con ese actuar, el procurador reivindica la función esencial del MPF, la cual consiste primordialmente en ejercer su carácter constitucional de la representación de los intereses sociales, que en primer orden se ubica el de velar por la estricta legalidad de los actos punitivos del Estado. Enhorabuena al procurador por empezar su gestión restituyendo el Estado de derecho y por volver a contar con un auténtico abogado de la nación.
Abogado
