Reforma histórica en derechos humanos

El proyecto aprobado incorpora el término

Antes de finalizar el pasado periodo de sesiones, la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó un dictamen que pretende reformar diversos artículos de la Constitución Política del país, así como la denominación del Capítulo I de su Título Primero.

Transformada en parte del Poder Constituyente Permanente, la Cámara Baja pretende elevar a rango constitucional el término de “derechos humanos”, con lo que se amplía su reconocimiento y protección en el país. Cuando la reforma se haya consumado, la primera parte de la Constitución se intitulará: “De los derechos humanos y sus garantías”, en lugar de: “De las Garantías Individuales”, como se viene haciendo desde 1917, en que se promulgó.

Con esta reforma, el texto de la Constitución se adhiere a las doctrinas jusnaturalistas que sostienen que las constituciones únicamente reconocen los derechos humanos, no los otorgan. Además, reitera —de manera específica— la obligación de respetar los tratados internacionales de la materia en los que el Estado Mexicano sea parte.

El proyecto aprobado incorpora el término “persona” y lo utiliza para sustituir el de “individuo” y, con ello, se introducen las obligaciones que el Estado debe asumir frente a las violaciones a los derechos humanos. Éstas son las de prevenir, investigar y sancionar las violaciones de derechos humanos.

Para su defensa, la iniciativa de reformas constitucionales adiciona en el primer artículo la determinación de que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

Se pretende, además, incorporar de manera expresa la prohibición del combate a la discriminación por preferencias sexuales, que habrá de generar un sinnúmero de reformas a las leyes civiles de los estados.

Se agrega al texto vigente del artículo 11º el derecho de toda persona de solicitar asilo, en caso de persecución por motivos de orden político, así como, por causas de carácter humanitario, se recibirá refugio.

La iniciativa fortalece las facultades de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, puesto que establece que, cuando las autoridades no acepten o cumplan las recomendaciones emitidas por este organismo, deberán publicar las razones de su negativa y la Cámara de Senadores o en sus recesos la Comisión Permanente, podrán llamar a dichas autoridades para que expliquen su negativa.

Otra modificación trascendente constituye el retirarle a la Suprema Corte de Justicia la facultad de investigación en caso de violación grave de las garantías individuales con que cuenta actualmente, para transferirla a la CNDH. La desastrosa actuación que el máximo tribunal tuvo con respecto a la investigación del incendio de la guardería ABC de Sonora, influyó en que el Poder Revisor Constitucional le retirara esta potestad.

La minuta aprobada por la Cámara Baja deberá ser votada por las dos terceras partes de la Cámara de Senadores y luego ser ratificada por la mayoría de las legislaturas de los estados, para que sea declarada procedente.

Con ello, la Constitución del país tendría un avance formidable en materia de la defensa y protección de los derechos humanos.

*Doctor en Derecho y profesor de la UNAM

contrerasdf@gmail.com

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