Penal Federal de Sonora ignora orden judicial por caso Bar Adelitas
Pese a la negativa inicial de la autoridad penitenciaria, el tribunal advirtió sanciones económicas si persiste el bloqueo a la revisión clínica del presunto líder de una red de trata de personas operada desde el Bar Adelitas en Tijuana.

La actuación de la dirección del Centro Federal de Reinserción Social número 11 “CPS-Sonora” quedó nuevamente bajo observación judicial, luego de que el Administrador del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Sonora, Pedro Contreras Orduño, tuviera que reiterar un mandato previamente emitido para permitir la valoración médica de Juvenal Loza Jiménez, alias “El Padrino” líder de una organización criminal de Trata de Personas cuyo centro de operaciones se encontraba en el Bar Adelitas de la ciudad de Tijuana, Baja California, sin que hasta ahora se haya cumplido en los términos ordenados.
De acuerdo con documentos oficiales del Poder Judicial de la Federación (PJF), dentro de la causa penal 19/2023-III, la dirección del penal informó mediante oficios que no consideraba necesario autorizar el ingreso de un médico externo para revisar al imputado Juvenal Jiménez Loza, argumentando que el interno ya cuenta con atención y seguimiento dentro del propio centro penitenciario.
Sin embargo, el órgano jurisdiccional dejó constancia de que previamente había requerido de manera expresa a la autoridad penitenciaria permitir el acceso del médico propuesto por la defensa, con el fin de realizar una valoración clínica independiente.
“Hágase del conocimiento de la Directora del CentroFederal de Reinserción Social Número 11 “CPS Sonora”, para efecto de que, una vez que se cumplan los protocolos de seguridad establecidos, permita que ingrese el perito y fiscal de referencia, y realice la valoración médica, anamnesis y exploración física del imputado Juvenal Jiménez Loza; para lo cual se le solicita señale día y hora”.
Ese mandato incluía la obligación de señalar día y hora para la revisión, lo que, el propio acuerdo judicial, no fue cumplido. Ante esta situación, el juez determinó emitir un nuevo requerimiento, por única ocasión, otorgando un plazo de 24 horas para que la dirección del penal atienda lo ordenado.
En el mismo documento se advierte que, en caso de persistir el incumplimiento, podrían imponerse medidas de apremio, incluida una sanción económica conforme al Código Nacional de Procedimientos Penales a la cabeza de la dirección de penal federal.
El expediente también revela que no sólo la defensa ha solicitado la intervención médica externa. El propio Ministerio Público Federal pidió autorización para que, junto con un perito adscrito a la Fiscalía General de la República (FGR), se permita el ingreso al centro penitenciario para realizar una valoración integral que incluya anamnesis y exploración física del imputado.
Pese a estas solicitudes coincidentes, la autoridad penitenciaria ha sostenido su postura inicial, lo que ha derivado en la reiteración del mandato judicial. El acuerdo establece incluso los instrumentos que portarían los especialistas, desde equipo básico como estetoscopio y baumanómetro, hasta dispositivos de medición clínica, bajo protocolos de seguridad del propio penal.
El caso se inscribe en un escenario donde el acceso a peritajes independientes forma parte de los derechos de defensa dentro del proceso penal. En este contexto, la falta de cumplimiento a lo ordenado por el juez ha quedado asentada en el expediente como un elemento que obligó a la autoridad judicial a intervenir nuevamente.
En paralelo, víctimas relacionadas con el caso han expresado preocupación por el desarrollo del proceso. Señalan que no han recibido la totalidad de las notificaciones de los documentos emitidos dentro del expediente, lo que, aseguran, las coloca en una situación de desventaja. Esta falta de acceso completo a la información, refieren, ha derivado en un proceso que perciben como revictimizante.
En ese contexto, también manifiestan inquietud por lo que consideran una actuación institucional que favorece a una de las partes, al advertir que tanto el Administrador del Centro de Justicia como el juez federal han emitido acuerdos que, desde su perspectiva, resultan tendenciosos.
Mientras tanto, el proceso continúa abierto y sujeto a las determinaciones que se adopten en función del cumplimiento o no de las órdenes judiciales, en un caso que mantiene la atención por la forma en que se están desarrollando las actuaciones dentro del sistema penitenciario y judicial.
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